Fundaciones y AsociacionesPlan de control tributario 2021 entidades sin ánimo de lucro

15/02/2021

 

El pasado 1 de febrero se publicó en el BOE el Plan de Control Tributario y Aduanero, en el que se fijan las directrices generales de control e investigación que llevará a cabo la AEAT en el presente ejercicio, Resolución de 19 de enero de 2021.

En la citada resolución se desglosan las actuaciones a lleva a cabo por la Agencia Tributaria, siendo la mayoría de las actuaciones previstas continuación de las ya iniciadas el año pasado.

 

Novedades 2021:

  • Impulso en la información y asistencia a los contribuyentes a través de herramientas de ayuda.
  • Mejora la asistencia de los contribuyentes, implantación de plataformas virtuales para resolver determinados trámites.
  • Proyecto de NRC “on line”, mayor control y actualización inmediata de los pagos realizados por deudas en la AEAT del contribuyente.
  • Actuaciones control comercio electrónico, obteniendo información de plataformas digitales.
  • Control de actividades con ventas a consumidores finales, sobre todo en los casos en los que prevalece el efectivo como medio de pago, controles TPV.

En relación con las ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO la AEAT controlará la correcta aplicación del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos durante el año 2021.

En concreto “se procederá a la intensificación de las actuaciones de control tendentes a comprobar el adecuado cumplimiento de los requisitos específicos previstos para la correcta aplicación del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos, cuando su actividad sea económica (tanto en lo referente al IVA de los bienes y servicios entregados con contraprestación como al Impuesto sobre Sociedades de los beneficios de las operaciones de esta naturaleza), en particular, se prestará especial atención a la investigación de bienes que aparecen ocultos en cuanto a su titularidad real dentro de la información relacionada con las actividades propias de las fundaciones.

En este marco, se prestará especial atención a la información que pueda ser remitida por las entidades públicas que ejerzan funciones de patronazgo sobre las citadas entidades”

Con esta resolución se viene a dar continuidad a las actuaciones iniciadas en el plan anual de control tributario y aduanero de 2020 de comprobación del adecuado cumplimiento de los requisitos específicos del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos.

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