Condiciones Generales de Contratación

CONDICIONES GENERALES SERVICIOS PROFESIONALES

Las presentes condiciones generales son de aplicación a toda prestación de servicios profesionales que se lleve a cabo por parte de cualquier oficina franquiciada de CE CONSULTING EMPRESARIAL y tienen carácter adicional a cualquier acuerdo específico que se suscriba entre CE CONSULTING EMPRESARIAL y el Cliente (el contrato), que prevalecerá sobre éstas en caso de discrepancia entre las mismas.

PRIMERA.- Partes.

El titular de la relación jurídica con el Cliente es la sociedad que presta y factura los servicios, a la cual se atribuyen los derechos y obligaciones inherentes al ejercicio de la actividad profesional, con independencia de que utilice en el ejercicio de su actividad el nombre comercial CE CONSULTING EMPRESARIAL el cual carece, como tal, de personalidad jurídica.

SEGUNDA.- Objeto del contrato y servicios.

Constituyen el objeto del contrato los servicios profesionales que se relacionan en el Presupuesto/Factura Proforma/Contrato suscrito entre CE CONSULTING EMPRESARIAL y el Cliente, debiendo quedar cualquier modificación reflejada por escrito.

Para la realización de los servicios contratados, el Cliente deberá entregar con la debida antelación los antecedentes y documentación necesarios, no haciéndose responsable CE Consulting Empresarial de las consecuencias que se deriven de la falta, inexacta o incompleta entrega por el cliente de la citada documentación en los plazos fijados por CE Consulting Empresarial.

Los plazos de ejecución y entrega de los servicios se fijan de forma que el Cliente los tenga en su poder con antelación suficiente para cumplir con sus obligaciones en los plazos legalmente establecidos por la normativa vigente.

La decisión respecto a la ejecución, seguimiento o implementación del asesoramiento, consejo, opinión o recomendación realizada por CE Consulting Empresarial en el marco de los Servicios es exclusiva del Cliente, que la adopta bajo su responsabilidad.

Salvo acuerdo expreso en otro sentido, los Servicios quedan limitados exclusivamente a la jurisdicción y legislación española.

La posible prestación de algún/nos servicios profesionales, conforme a lo establecido en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesional, se hará, si procede, como sociedad de intermediación.

TERCERA.- Honorarios y gastos.

A falta de disposición en contra los honorarios establecidos serán abonados a la aceptación del presupuesto y/o comienzo de prestación de los servicios.

Salvo indicación en contrario, los importes de honorarios estimados o presupuestados son netos del Impuesto sobre el Valor Añadido y de cualesquiera otros impuestos indirectos que resulten de aplicación, que se incluirán en la factura como conceptos separados.

Serán por cuenta del cliente los gastos ocasionados y pagos suplidos a terceros, para lo que el Cliente deberá haber realizado previamente la correspondiente provisión de fondos; siendo tales gastos y pagos oportunamente justificados. Igualmente será de cuenta del Cliente el abono de los servicios encomendados que no figuren incluidos en el Presupuesto.

Los honorarios y gastos deberán satisfacerse aún cuando se frustre la operación o asunto al que se refieran los Servicios.

CUARTA.- Facturación y pago.

La forma de pago de los honorarios, salvo disposición en contra, se hará efectiva mediante un recibo-factura que CE Consulting Empresarial remitirá a través de la Entidad Bancaria del Cliente que figura reseñada en este contrato. CE Consulting Empresarial, se reserva el derecho y facultad de repercutir al Cliente cualquier gasto originado por la devolución de recibos, facturas o cualquier documento de pago que, al cobro, resulte devuelto por cualquier causa imputable al Cliente. Por ende, el Cliente se compromete al pago de los términos, condiciones y plazos que establezca CE Consulting Empresarial, si alguna de estas circunstancias se ocasionaran.

Ante la falta de pago de una factura, CE Consulting Empresarialpodrá, previo aviso fehaciente (burofax o correo electrónico certificado), con un mínimo de quince (15) días de antelación, y siempre con arreglo a la normativa profesional o deontológica reguladora de su actividad, suspender toda prestación de Servicios al Cliente, sin que por parte de éste pueda plantearse ninguna reclamación o queja por dicha suspensión o por los daños que de la misma pudieran derivarse. En tanto se mantenga la situación de impago e igualmente con sujeción a lo dispuesto por la normativa profesional o deontológica reguladora, CE Consulting Empresarialpodrá ejercer un derecho de retención sobre cualesquiera documentos del Cliente elaborados por CE Consulting Empresarialo con su participación, que en ese momento se encuentren en su poder.

Asimismo, en tanto se mantenga el impago, la cantidad adeudada devengará el interés legal incrementado en dos puntos.

QUINTA.- Responsabilidad.

CE Consulting Empresarial es un nombre comercial, sin personalidad jurídica, siendo la persona física o jurídica que presta y factura los servicios contratados la que asume la responsabilidad que se pueda derivar conforme a lo que se detalla a continuación.

CE Consulting Empresarial realizará puntualmente los servicios contratados con arreglo a su mejor criterio y dedicación profesional, formulando las observaciones y reparos que correspondan e, incluso, absteniéndose de su prestación, conforme a los criterios profesionales aplicables a los mismos. Cumplidas las exigencias profesionales aplicables al trabajo encargado, CE Consulting Empresarial quedará exenta de cualquier responsabilidad frente al Cliente o frente a terceros por los servicios prestados.

La responsabilidad de CE Consulting Empresarial ante el Cliente, por los daños y perjuicios que se le hubiesen irrogado por causas imputables a CE Consulting Empresarial o por sus profesionales o empleados, estará garantizada por una póliza de responsabilidad civil con compañía de seguros de reconocido prestigio y limitada económicamente, salvo en caso de dolo, en el resultado de multiplicar por tres (3) el importe de los honorarios profesionales abonado por el Cliente en una anualidad,conforme a las cifras del presupuesto/contrato suscrito para la prestación de ese servicio, o en el supuesto de otros servicios puntuales que se demanden por el cliente, en el resultado de multiplicar por tres (3) el importe de los honorarios profesionales que consten en dichos presupuestos.

La responsabilidad de CE Consulting Empresarial se limitará a los daños directos efectivamente causados al Cliente.

En ningún caso CE Consulting Empresarial será responsable de los daños derivados, o causados, en todo o en parte, como consecuencia de la falsedad, el ocultamiento o cualquier otra conducta del Cliente que fuera dolosa o negligente, o no realizada conforme a los principios de la buena fe, o de incumplimientos que se produzcan por causas que están fuera del control razonable de CE Consulting Empresarial. Tampoco lo será por las consecuencias que puedan seguirse del hecho de haber remitido el Cliente información o documentación inexacta, no veraz o incompleta.

Nunca podrá alcanzar a CE Consulting Empresarial la responsabilidad por las actuaciones del Cliente o de terceros, anteriores o posteriores a la realización del trabajo encomendado, o en cualquier otro momento con ajenidad deCE Consulting Empresarial, ni se presumirá en modo alguno la conformidad de ésta con la actuación del Cliente salvo cuando así conste expresamente.

SEXTA.- Comunicaciones.

El Cliente acepta el correo electrónico no encriptado como medio hábil para el flujo e intercambio de documentación, información y, en general, como canal de comunicación con CE Consulting Empresarial para la prestación de los Servicios. El Cliente exime a CE Consulting Empresarial de cualquier responsabilidad por la interceptación o acceso a los correos electrónicos por personas no autorizadas, así como de cualquier daño o perjuicio que pueda producirse al Cliente como consecuencia de virus informáticos, fallos en la red o supuestos análogos, salvo que fuera por causa imputable a CE Consulting Empresarial.

SEPTIMA.- Documentación y confidencialidad.

CE Consulting Empresarial se obliga a guardar la debida confidencialidad sobre la información, documentación y contenido, antecedentes y consecuencias de su trabajo frente a cualquier persona o entidad, pública o privada, no pudiendo hacer uso de los mismos sin autorización expresa del Cliente, salvo en los casos en que la normativa vigente disponga lo contrario. Asimismo, el cliente autoriza expresamente el uso de su logo en la publicidad institucional de CE Consulting Empresarial, durante la vigencia del presente contrato.

El Cliente autoriza a CE Consulting Empresarial a conservar copia de cualquier información y documentación facilitada por el mismo con ocasión de la prestación de los Servicios durante el tiempo que considere oportuno, con sujeción al deber de confidencialidad de CE Consulting Empresarial.CE Consulting Empresarial no asume obligación alguna de mantener dichas copias durante un período de tiempo concreto, pudiendo destruir sus ficheros sin requerir autorización alguna.

OCTAVA.- Terminación.

El Cliente podrá resolver el presente contrato mediante comunicación fehaciente y por escrito, remitida con una antelación de al menos dos (2) meses a la fecha en la que desee dar por finalizados los servicios contratados. Cumplido dicho plazo de preaviso, el contrato quedará resuelto sin que haya lugar a indemnización alguna.

Sujeto al cumplimiento de la normativa profesional o deontológica reguladora de su actividad, CE Consulting Empresarial podrá dar por terminada la prestación de los Servicios en curso (o bien rechazar la dirección de uno o varios asuntos concretos) en cualquier momento, con un plazo de preaviso razonable, por razones de pérdida de confianza, éticas, deontológicas o de cualquier otra naturaleza.

Asimismo, podrá ser causa de extinción automática del contrato el impago por parte del cliente de dos cuotas consecutivas y/o demás cantidades a las que se encuentre obligado o la no localización del mismo por CE Consulting Empresarial.

A la terminación del contrato, si el Cliente mantiene algún tipo de domiciliación (social, fiscal, etc.) en la dirección de CE Consulting Empresarial, se compromete a llevar a cabo el cambio de la misma en el plazo máximo de quince (15) días, eximiendo a CE Consulting Empresarial de cualquier tipo de responsabilidad en la recepción, notificación o entrega de las posibles comunicaciones que se reciban.

NOVENA.- Tratamiento de datos de carácter personal.

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, el cliente queda informado de forma inequívoca y precisa, y autoriza expresamente a CE Consulting Empresarial para recabar y tratar automatizadamente, en un fichero del que CE Consulting Empresarial es responsable los datos recogidos en el presente contrato.

Los datos que se recojan pasarán a formar parte de un fichero denominado CLIENTES Y/O PROVEEDORES titularidad de quien suscriba el contrato de prestación de servicios, descrito en el apartado “Reunidos” o el presupuesto de servicios ocasionales de CE Consulting Empresarial(en adelante, la Sociedad).

Este fichero tiene únicamente la finalidad de proceder a la gestión adecuada de los servicios encomendados a la Sociedad. Trataremos sus datos con la exclusiva finalidad del cumplimiento de las obligaciones que se dimanen en el contrato de prestación de servicios. Pudiendo ser comunicados a otras sociedades pertenecientes al GRUPO CE CONSULTING EMPRESARIAL o colaboradoras que resulten necesarias para la ejecución de los servicios que ha contratado. Tu negativa a facilitarnos los datos solicitados, determinará que NO podamos firmar el presente contrato, ni prestarte el servicio que nos solicitas.

La responsable del fichero es la propia Sociedad, ante la cual podrá la persona interesada ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición al tratamiento de sus datos, así como retirar el consentimiento prestado o formular reclamaciones ante la Autoridad de Control y ejercer el resto de derechos recogidos en el citado Reglamento acreditando su identificación. Dichas acciones podrán ejercerse enviando la solitud por correo electrónico a la dirección de e-mail del contrato suscrito o por correo postal a la Sociedad y dirección que aparece en dicho contrato.

La Sociedad se obliga:

  • A guardar la máxima confidencialidad sobre toda la información que se le proporcione o a la que tenga acceso por parte del Cliente, en la ejecución de los servicios profesionales contratados.
  • A custodiar e impedir el acceso a los datos e información titularidad del Cliente, por parte de terceros ajenos a la prestación de los servicios contratados. También evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Obligación que subsistirá de modo indefinido aún después de terminar la ejecución de los servicios profesionales contratados.
  • A garantizar el nivel de seguridad correspondiente.

Los datos recogidos en el contrato o presupuesto de servicios suscrito, se conservarán mientras dure el servicio suscrito. Una vez finalizado el mismo, estamos obligados a conservar tus datos por el plazo que nos impone la ley. La Sociedad deberá devolver los datos de carácter personal (independientemente del formato) de los que es titular el Cliente, a los que haya tenido acceso como consecuencia de la ejecución del presente contrato, a la finalización del mismo

DÉCIMA.- Contratación de personal CE Consulting Empresarial.

El Cliente, durante la vigencia del contrato con CE Consulting Empresarial y durante un período de dos (2) años desde su conclusión, no podrá facilitar o/y realizar ofertas laborales o de relación mercantil a/de personal que haya prestado servicios laborales o profesionales en CE Consulting Empresarial en algún momento, durante la vigencia del presente contrato, ya sea para empresas propias o en las que tenga intereses el Cliente, las personas vinculadas por relación conyugal o de análoga afectividad, o familiar directa hasta el cuarto grado, en línea recta o colateral.

La penalización por el incumplimiento por parte del Cliente de la anterior prohibición, será el importe equivalente a una (1) anualidad de salario bruto anual del empleado.

DECIMOPRIMERA.- Acuerdo íntegro.

Las presentes condiciones sustituyen y anulan cualquier acuerdo anterior entre el Cliente y CE Consulting Empresarial. Salvo acuerdo en contrario entre el Cliente y CE Consulting Empresarial, las presentes condiciones constituyen la totalidad de lo acordado entre ambas partes en relación con el encargo de servicios profesionales.

Salvo acuerdo en contrario, estas condiciones (a excepción de la primera y segunda), serán de aplicación a cualquier encargo que el Cliente haga a CE Consulting Empresarial en el futuro, sin que sea preciso volverlas a suscribir o firmar en cada propuesta o presupuesto de honorarios que se emita por CE Consulting Empresarialy acepte por el Cliente.

CE Consulting Empresarialno estará obligado a iniciar la prestación de los Servicios en tanto no reciba un ejemplar del contrato y/o presupuesto emitido firmado por el Cliente y no se efectúe el pago de los honorarios, en los términos convenidos en el presupuesto. La remisión de instrucciones a CE Consulting Empresarialpor parte del Cliente se interpretará como aceptación tácita de las condiciones contenidas en este clausulado y su presupuesto.

En el supuesto de que se determinará la nulidad de cualquiera de los presentes términos y condiciones, ello no afectará al resto de los términos y condiciones, que permanecerán en pleno vigor.

DECIMOSEGUNDA. – Normativa.

En virtud de la legislación vigente en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, CE Consulting Empresarial está sujeta a obligaciones de verificación de la identidad del Cliente y de sus operaciones y actividades, así como a informar al Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC). Por ello, el Cliente se obliga a facilitar a CE Consulting Empresarial, de forma completa y veraz, cuanta información sea necesaria y le sea requerida a estos efectos (tanto del propio Cliente como, en su caso, de sus accionistas, socios, partícipes, administradores, personas relacionadas, etc.) y autoriza expresamente a CE Consulting Empresarial a realizar las actuaciones de verificación que, al respecto, considere oportunas.

DECIMOTERCERA. – Autorización envío de información y/o publicidad.

El contrato o presupuesto de servicios suscrito recoge la solicitud de cesión y/o comunicación de los datos y/o información a colaboradores/terceros y/o sociedades del GRUPO CE CONSULTING EMPRESARIAL, con el fin de resolver y cubrir sus necesidades, así como para ofrecerles servicios relacionados.

DECIMOCUARTA. – Modificaciones.

CE CONSULTING EMPRESARIAL podrá modificar las presentes Condiciones Generales, en cualquier momento, siendo aplicables las modificaciones que consten en la página web www.ceconsulting.es en el momento de la prestación de los servicios.

Con el fin de poder verificar las condiciones generales vigentes en cada momento, CE CONSULTING EMPRESARIAL levantará acta notarial de la citada página web de forma periódica, y siempre, tras cualquier modificación de las presentes condiciones generales.

DECIMOQUINTA. – Sumisión expresa.

Para cuantas cuestiones se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, ambas partes con renuncia a su fuero propio, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes territorialmente en función del contrato de prestación de servicios suscrito.