AutónomosEmpresasJurídicoJurídicoMarketingMarketing¿Escaparates sin precios? No, gracias

28/12/2017

Navidad, época de regalos y todo un ejército de posibles compradores inunda las calles buscando el producto más acorde a su gusto y a sus posibilidades. Y ahí están ellos, mostradores, vitrinas y escaparates engalanados para la ocasión, sabedores de su considerable relevancia, vestidos de sus mejores galas para captar nuestra atención. Luego vienen las rebajas, y los cristales de las tiendas se visten con gigantes carteles rojos con la palabra SALE, enseñándonos inglés al mismo tiempo que nos llaman a entrar para descubrir sus ofertas.

Pero…hay un elemento primordial que no aparece en ellos, un elemento necesario y obligatorio: la información sobre el precio del producto. ¿Podría pensarse que los productos expuestos son gratis? ¿A qué puede obedecer esta forma de actuar?

También se da el caso que hay escaparates que para conocer el precio de un artículo es preciso poseer, casi, un doctorado en matemáticas; ya que la información que se ofrece sobre el coste del producto requiere que el cliente tenga que ejercitarse en operaciones matemáticas para averiguar el auténtico costo.

 

¿Qué dice la ley respecto a los precios en los escaparates?

(Real Decreto 3423/2000 y Decreto 2807/1972)

Dice la norma que “se indicará el precio de venta en todos los productos ofrecidos por los comerciantes a los consumidores”. Es decir, si el producto que se encuentra en el escaparate forma parte de la mercancía ofrecida por el comercio, entonces es obligatorio que el precio se encuentre a la vista para que el consumidor no necesite recabar más información del comercio.

 Y también es muy contundente la norma cuando dice que “en cualquier caso el comprador estará en condiciones de conocer el precio de los artículos expuestos en el escaparate sin necesidad de entrar en el establecimiento comercial y de conocer el precio de los artículos expuestos en anaqueles o armarios del interior sin precisar aclaración alguna al respecto por parte del vendedor”.

 De la misma manera se expresa en artículo: “Para aquellos supuestos en que no sea posible la fijación de la etiqueta a que se refiere el artículo anterior, el precio de venta al público deberá exhibirse de tal modo que su conocimiento sea fácil para el comprador, sin que necesite realizar ningún esfuerzo para su comprobación”.

 

Marketing erróneo

De todas formas, esta invisibilidad de los precios responde, básicamente, a dos planteamientos sobre marketing que, dicho sea de paso, ambos son erróneos y peligrosos.

  • Por un lado, el de ocultar el precio para que la competencia más cercana no se aproveche y pueda mejorarlo sobre la marcha (este caso es más frecuente en mercados de abastos y galerías de alimentación)
  • Por otro lado, el de la tan manida excusa de la estrategia; esto es, si se le pregunta al dueño por los precios te dirá que no los pone para que entres a preguntar por ellos.

Evidentemente, el marketing es algo más serio y no consiste, precisamente, en hacer perder el tiempo a la clientela. Por lo tanto, estas técnicas no son apropiadas y pueden hacer sospechar al cliente por lo que, normalmente, buscará en otro sitio.

Terminamos con esta advertencia: Actuar con el etiquetado de los precios obviando los requisitos legales, puede conllevar una sanción.

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