Las fundaciones de ámbito estatal y asociaciones de utilidad pública cuyo ejercicio económico coincide con el año natural deben seguir el siguiente cronograma:
1.FORMULACIÓN
ASOCIACIONES DE UTILIDAD PÚBLICA
El presidente o la persona que, conforme a los estatutos de la asociación o al acuerdo adoptado por sus órganos de gobierno, corresponda.
FUNDACIONES
El presidente o la persona que, conforme a los estatutos de la fundación o al acuerdo adoptado por sus órganos de gobierno, corresponda.
2. APROBACIÓN
ASOCIACIONES DE UTILIDAD PÚBLICA
Corresponderá a los miembros de la Junta Directiva u órgano de representación de la asociación obligada a formularlas.
FUNDACIONES
El patronato en un plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio (es decir, antes del 1 de julio).
3. PRESENTACIÓN
ASOCIACIONES DE UTILIDAD PÚBLICA
Será en el plazo de los seis meses siguientes a la finalización del ejercicio económico, acompañado en su caso del informe de auditoría ante el organismo encargado de verificar su constitución y de efectuar su registro en el registro de asociaciones.
FUNDACIONES
En el protectorado, dentro de los diez días hábiles después de su aprobación, acompañado, en su caso, del informe de auditoría.
4. DEPÓSITO DE CUENTAS
ASOCIACIONES DE UTILIDAD PÚBLICA
Recibida toda la documentación relativa a la rendición de cuentas, y comprobada su adecuación a la normativa vigente, el organismo público encargado del registro de asociaciones acordará su depósito, a efectos de constancia y publicidad. Asimismo, lo notificará a la entidad interesada y lo comunicará a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior y al Ministerio de Hacienda.
FUNDACIONES
El protectorado, una vez examinadas las cuentas y comprobadas su adecuación formal a la normativa, depositará las cuentas en el registro único de Fundaciones.
¿Dónde y cómo presentamos las cuentas anuales?
Por segundo año consecutivo, las Fundaciones y las Asociaciones están obligadas a elaborar los planes actuación y las cuentas anuales utilizando la aplicación informática que a tales efectos pone a su disposición el Protectorado o la sede electrónica.
Para las fundaciones estatales deberemos acceder a la aplicación en el siguiente enlace:
http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/fundaciones/gobierno-administracion/cuentas-anuales-planes-actuacion/presentacion-cuentas-y-planes.html
En el caso de que la fundación no sea estatal, también lo tendremos que presentar de manera telemática. Sin embargo, no será necesario realizarlo por la plataforma sino que se presentará desde la sede electrónica:
Respecto de las asociaciones de utilidad pública, la mayoría de los registros están permitiendo la presentación en papel de las cuentas anuales. En algunos registros han habilitado una sede electrónica para subir la documentación, pero no existe una plataforma especifica como es el caso de las fundaciones.
4 comentarios
Carmelo Asencio
10/12/2019 at 14:02
Buenos dias
Como saber si una asociacion deportiva con el NIF “G ” de la zona de Murcia ha presentado cuentas anuales
Gracias por su contestacion
Carmelo
Carlos
10/12/2019 at 14:32
Buenos días, Carmelo.
En relación con la consulta planteada, deberás dirigirte al organismo donde te corresponda la presentación de la cuentas anuales y realizar la consulta. Con los datos facilitados desconocemos cuál sería el registro.
Un cordial saludo,
El equipo de Asesoría Fundaciones y Asociaciones CE Consulting
Juan Luis
28/01/2021 at 21:16
Buenas tardes,
quería saber si las cuentas anuales de una fundación (ONG) son públicas y si se pueden acceder a ellas, una vez presentadas.
¿Qué tendría que hacer para acceder?.
Un saludo
Pablo Rodriguez
04/02/2021 at 16:45
Buenas tardes,
El depósito de las cuentas anuales es público, debería de solicitarse autorización al protectorado correspondiente.
Un saludo.
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