Legal

Defiende tus derechos como accionista minoritario

03/02/2017
¿Últimas noticias mercantiles? ¡Cómo lo lees! Infórmate sobre la Ley de Sociedades de Capital y entérate de qué acciones puedes llevar a acabo como accionista minoritario.

Ley de Sociedades de Capital, tipo de acciones de los socios y accionistas minoritarios.

Los socios que represente, al menos, el 5% del capital social, podrán solicitar al Registro Mercantil que nombre un AUDITOR DE CUENTAS. Siempre que no hayan transcurridos 3 MESES desde la fecha de cierre de dicho ejercicio

Requisitos:

  • Sociedad de capital y que no está obligada a someter las cuentas a verificación por un auditor
  • Socio con una participación de al menos 5% del capital social
  • Solicitud en el Registro Mercantil, en los 3 MESES siguientes al cierre del ejercicio
  • Sólo verificar cuentas anuales del último ejercicio
  • Los gastos de la auditoria correrán a cargo de la SOCIEDAD
  • Los honorarios por el nombramiento correrán a cargo del SOCIO

Si tienes cualquier duda ponte en contacto con tu oficina de CE Consulting más cercana. Y no olvides compartir el vídeo. ¡Muchas gracias!

Nuestros expertos

Elisabet Jiménez Llanos

Elisabet es periodista y responsable de contenidos en CE Consulting, donde se encarga, junto a nuestros expertos, de acercar toda la actualidad legal y de gestión a empresas, empresarios y entidades no lucrativas. Apasionada de los viajes, el sol y la playa, le encanta practicar y ver deporte. Cuando no está escribiendo, está leyendo o corriendo 10K o 21K.

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