Para la confección de las cuentas anuales de tu entidad sin ánimo de lucro seguimos los siguientes pasos:
1.FORMULACIÓN
ASOCIACIONES UTILIDAD PÚBLICA
El presidente, o la persona que conforme a los estatutos de la asociación, o al acuerdo adoptado por sus órganos de gobierno que corresponda.
FUNDACIONES
El presidente, o la persona que conforme a los estatutos de la fundación, o al acuerdo adoptado por sus órganos de gobierno que corresponda.
2. APROBACIÓN
ASOCIACIONES UTILIDAD PÚBLICA
Corresponderá a los miembros de la Junta Directiva u órgano de representación de la asociación obligada a formularlas.
FUNDACIONES
El patronato en un plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio (es decir, antes del 1 de julio).
3. PRESENTACIÓN
ASOCIACIONES UTILIDAD PÚBLICA
Será en el plazo de los seis meses siguientes a la finalización del ejercicio económico, acompañado en su caso del informe de auditoría ante el organismo encargado de verificar su constitución y de efectuar su registro en el registro de asociaciones.
FUNDACIONES
En el protectorado, dentro de los diez días hábiles después de su aprobación acompañado en su caso, del informe de auditoría.
4. DEPÓSITO DE CUENTAS
ASOCIACIONES UTILIDAD PÚBLICA
Recibida toda la documentación relativa a la rendición de cuentas, y comprobada su adecuación a la normativa vigente, el organismo público encargado del registro de asociaciones acordará su depósito, a efectos de constancia y publicidad, lo notificará a la entidad interesada y lo comunicará a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior y al Ministerio de Hacienda.
FUNDACIONES
El protectorado, una vez examinadas las cuentas y comprobadas su adecuación formal a la normativa, depositará las cuentas en el registro único de Fundaciones.
Si necesitas ayuda, no dudes en ponerte en contacto con CE Consulting para que nuestros expertos puedan asesorarte y buscar una solución.