Fundaciones y Asociaciones

Ley de Desindexación: por qué empresas, fundaciones y asociaciones solicitan una revisión

06/05/2025

La Ley 2/2015, de Desindexación de la Economía Española, fue diseñada para controlar el gasto público y mejorar la competitividad de la economía nacional. Sin embargo, su aplicación está generando dificultades para muchas entidades, tanto del sector privado como del tercer sector, que gestionan contratos públicos o reciben subvenciones estatales. Desde CE Consulting, explicamos qué implica esta Ley, cómo afecta a las organizaciones y por qué se está pidiendo una revisión de la misma.

ley de Desindexación

 

¿Qué es la Ley de Desindexación?

La Ley 2/2015 tiene como objetivo evitar la actualización automática de precios en contratos y acuerdos financiados con fondos públicos, especialmente, aquellos vinculados al Índice de Precios al Consumo (IPC). Esto significa que, en los contratos públicos, los precios no pueden incrementarse automáticamente en función de la inflación. Cualquier ajuste debe estar justificado por un análisis de costes y ser aprobado formalmente.

La ley fue diseñada para mejorar la eficiencia en la gestión del gasto público, pero está generando dificultades para las entidades que dependen de estos contratos.

 

¿A quién afecta esta ley?

La Ley de Desindexación afecta a todas las actividades económicas financiadas, reguladas o gestionadas por el sector público. Esto incluye tanto a empresas privadas como a fundaciones y asociaciones del tercer sector. Entre los sectores más impactados se encuentran:

  • Contratos públicos de obras, servicios y suministros: empresas que gestionan contratos de limpieza, transporte, mantenimiento, etc.
  • Concesiones administrativas y colaboraciones público-privadas: empresas que gestionan servicios públicos.
  • Subvenciones y conciertos sociales: organizaciones que reciben financiación pública para prestar servicios sociales.

Por ejemplo, una empresa de limpieza contratada por una administración pública no podrá aumentar sus tarifas de manera automática si los costes de los suministros suben. Lo mismo ocurre con las fundaciones que gestionan servicios sociales, que no pueden ajustar tarifas sin una justificación técnica adecuada.

 

¿Qué deben tener en cuenta las empresas y entidades del tercer sector?

Es fundamental tener claro cómo aplicar correctamente los precios en los contratos públicos para evitar problemas legales o financieros:

  • Evitar aumentos no autorizados. Las entidades deben ser conscientes de que los aumentos automáticos no están permitidos por la ley.
  • Prever los costes reales. Los contratos públicos de larga duración deben ser bien presupuestados, ya que los precios no se ajustarán automáticamente con la inflación.
  • Negociar condiciones viables. Especialmente en conciertos sociales, es clave negociar desde el principio cláusulas que aseguren la viabilidad económica de los proyectos.

De no tener en cuenta estos aspectos, las entidades pueden firmar contratos que resulten financieramente inviables, lo que afectaría la calidad del servicio y la estabilidad financiera.

 

Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento de la Ley de Desindexación puede tener serias repercusiones:

  • Reintegro total o parcial de subvenciones aplicadas indebidamente.
  • Penalizaciones contractuales o incluso la rescisión del contrato.
  • Restricciones en futuras licitaciones si la administración considera que no se ha cumplido correctamente con la normativa.

Excepciones a la Ley de Desindexación

Aunque la ley es muy restrictiva, existen pocas excepciones que pueden permitir la revisión de precios. Estos casos incluyen:

  • Cuando la revisión de precios está expresamente prevista en el contrato o en la normativa correspondiente.
  • Cuando los costes reales afectan significativamente al equilibrio económico del contrato.
  • Si se justifica la revisión con informes técnicos objetivos.

 

¿Por qué se reclama una modificación de la Ley de Desindexación?

El sector social, junto con empresas que gestionan contratos públicos, está solicitando una revisión de la ley debido a varios problemas prácticos que se derivan de su aplicación:

  • Rigidez de los contratos. La Ley impide que los contratos se ajusten a los aumentos de costes, lo que genera dificultades económicas para las entidades.
  • Parálisis de proyectos. La falta de flexibilidad está afectando a la viabilidad de los proyectos y a la capacidad de las entidades de asumir nuevas licitaciones.
  • Condiciones de gestión en pérdidas. Muchas fundaciones y asociaciones están gestionando servicios públicos bajo condiciones de pérdida, lo que compromete tanto la calidad del servicio como la sostenibilidad económica de los proyectos.

¿Qué pueden hacer las entidades?

Si la organización gestiona contratos públicos o recibe financiación estatal, hay varios puntos clave a tener en cuenta para cumplir con la ley sin comprometer la viabilidad del proyecto. En primer lugar, revisar los contratos actuales para asegurarse de que no se están aplicando aumentos no autorizados. En segundo lugar, consultar con asesores especializados para negociar nuevas fórmulas de revisión de precios más sostenibles. Y, además, incorporar análisis técnicos de costes en las licitaciones futuras para asegurar que los contratos sean viables a largo plazo.

Si necesitas asesoramiento sobre esta ley u otra cuestión relacionada con tu entidad sin ánimo de lucro, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En CE Consulting somos especialistas en asesoramiento a asociaciones y fundaciones.

Nuestros expertos

Javier Milara Muñoz

Javier Milara es director del área mercantil en CE Consulting. Está especializado en operaciones a nivel mercantil societario. En entidades no lucrativas actúa como secretario de patronatos y de juntas directivas. Asesora también a estos órganos de gobierno en diferentes aspectos. Posee un MBA de Dirección y Administración de empresas. Pasa su tiempo libre junto a su familia, su perro y amigos.

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