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Subsidio para mayores de 52 años: ¿cómo solicitarlo y qué requisitos se deben cumplir?

12/07/20212

El subsidio para mayores de 52 años es una prestación que permite enlazar periodos de desempleo de larga duración con el acceso a la jubilación contributiva. Es especialmente útil para un colectivo que se ve especialmente afectado por el desempleo de larga duración y donde la reinserción laboral en muchos casos es complicada. De esta manera, salvo que el beneficiario encuentre un empleo, situación en la que perdería el subsidio, queda cubierto hasta la fecha de su jubilación contributiva.

Requisitos

Para solicitarlo, se requiere tener más de 52 años en el momento de la solicitud y encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo o subsidios anteriores.
  • Ser emigrante retornado (debe tener al menos 12 meses trabajados en el extranjero en los seis últimos años).
  • Ser liberado/a de prisión, que la privación de libertad fuera superior a seis meses y que no pueda solicitar otra prestación del SEPE.
  • Que cuente con una discapacidad permanente parcial, absoluta o total.
  • Que tenga la condición de desempleado y solo tenga cotizados entre 90 y 359 días.

Las rentas del beneficiario no deberán superar el 75% del SMI. Si no cumpliera este requisito en la fecha del hecho causante, podrá acceder al subsidio si lo cumple y lo acredita dentro del plazo de un año desde entonces. En todo caso, el cumplimiento de este requisito deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.

Esta carencia de rentas afecta sólo al trabajador y no es importante los miembros que integran la unidad familiar y los ingresos que tengan estos.

  • Deberá acreditar todas las condiciones de acceso a la jubilación salvo la edad. Haber cotizado al menos 15 años y que, 2 de estos 15 años,sean en los 15 años previos a solicitar la ayuda
  • Que el cese en la última empresa no haya sido voluntario

Características

  • La cuantía es igual 80% del indicador público de Renta de efectos múltiples (IPREM).
  • La duración es hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria que exige la norma para tener acceso a la pensión contributiva de jubilación, siempre y cuando, el beneficiario hubiera podido encontrar trabajo durante ese tiempo. Es necesario respetar el compromiso de actividad.
  • Las cotizaciones efectuadas tienen efecto sobre el calculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, así como el porcentaje aplicable a aquella en cualquiera de sus modalidades.

Posibilidad de suspensión del subsidio para mayores de 52 años

  • No renovar la demanda de empleo. No realizar este trámite puede suponer una sanción por parte del SEPE suspensión por un mes del subsidio. 
  • Incumplir el compromiso de actividad. Es decir, no cumplir las llamadas del SEPE de posibles ofertas de empleo.
  • Cuando se realicen trabajos fuera de España por cuenta propia por un tiempo superior a 60 meses o cuando realice trabajos por cuenta ajena por un tiempo superior a 12 meses. En el caso de retorno pueden volver a solicitarla siempre y cuando reúnan los requisitos para ello.
  • Cuando el desempleado fuera condenado a la privación de libertad salvo, si este cuenta con cargas familiares y no tenga ingresos superiores al salario mínimo interprofesional.

 

Artículo realizado por Antonio Navas. 

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2 comentarios

  • Aurelio Suero Valenzuela

    17/07/2021 at 01:24

    Hola.

    Os sugiero que informéis sobre la doctrina del paréntesis y cómo afecta a la carencia específica de los 2 años cotizados en los últimos 15. Hay muchas personas con derecho al subsidio que no lo solicitan ya que creen no cumplir los requisitos cuando si lo hacen. Además como el SEPE rechaza las peticiones basadas en esa doctrina e incluso los rechazos, el servicio de vuestros abogados puede ser muy positivo.

    • contenidos

      19/07/2021 at 11:39

      Muchísimas gracias por tu sugerencia y por leernos, Aurelio.

      Un abrazo

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