La transparencia y buen gobierno en las fundaciones está regulado por varias normas. Una, la Ley 19/2013, conocida como la Ley de Transparencia. Esta establece la obligación, para todas las entidades públicas y privadas que reciben fondos públicos, de proporcionar acceso a la información. Esta normativa busca asegurar que la gestión de los recursos públicos se realice de manera transparente y responsable, promoviendo la rendición de cuentas. Por su parte, el Real Decreto 304/2014, que regula la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, obliga a las fundaciones a implementar medidas específicas de prevención. Estas medidas incluyen la identificación y gestión de riesgos, así como la implementación de mecanismos de control y reporte para asegurar que sus operaciones no se utilicen con fines ilícitos. En CE Consulting, ahondamos en este tema de gran relevancia para las entidades del Tercer Sector.
¿A qué fundaciones afectan las normativas de transparencia y buen gobierno?
La Ley de Transparencia se aplica a las fundaciones del sector público y a las fundaciones privadas que perciben subvenciones o ayudas públicas que superen los 100.000 euros anuales, o al menos un 40% de sus ingresos provengan de subvenciones o ayudas públicas, siempre que al menos alcancen los 5.000 €.
El Real Decreto 304/2014 se aplica a todas las fundaciones públicas y a todas las fundaciones privadas que gestionen o distribuyan fondos, que reciban donaciones significativas o que realicen operaciones en efectivo superiores a 1.000 €. También las que sean susceptibles de ser utilizadas para blanqueo de capitales, como pueden ser fundaciones que gestionan fondos transfronterizos.
¿Qué información deben publicar las fundaciones?
Según la Ley de Transparencia, las fundaciones están obligadas a publicar información relevante sobre su estructura organizativa, funciones, normas de funcionamiento y actividades. Esto incluye datos económicos, presupuestarios y estadísticos necesarios para valorar el grado de cumplimiento y la calidad de los servicios públicos ofrecidos. En este contexto, la publicación de la información debe ser clara, estructurada y comprensible, facilitando así el acceso a cualquier ciudadano interesado.
El Real Decreto 304/2014, por otro lado, exige que las fundaciones mantengan registros detallados de todas las transacciones financieras y proporcionen informes periódicos sobre actividades sospechosas a la autoridad competente. Esto incluye la identificación de donantes y beneficiarios, especialmente en casos de donaciones significativas, asegurando así la trazabilidad y transparencia de las operaciones financieras.
¿Cómo y dónde deben las fundaciones publicar la información?
La Ley de Transparencia especifica que la información debe publicarse en un formato accesible en la página web de la fundación y mantenerse actualizada. Esto garantiza que cualquier interesado pueda acceder a los datos relevantes de manera fácil y rápida.
Además, las fundaciones deben utilizar canales seguros para reportar transacciones sospechosas, tal como establece el Real Decreto 304/2014, asegurando la confidencialidad de la información sensible y su disponibilidad para las autoridades competentes.
Infracciones y sanciones por incumplimiento de normativas de transparencia y buen gobierno en las fundaciones
El incumplimiento de la Ley de Transparencia puede resultar en sanciones administrativas que varían en función de la gravedad de la falta. Las sanciones pueden incluir multas económicas y la obligación de rectificar la información publicada. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno son los principales órganos sancionadores en este ámbito.
En cuanto al Real Decreto 304/2014, las infracciones también dependen de su gravedad pueden resultar en sanciones severas, incluidas multas significativas, como puede ser multa de hasta 60.000 € por una infracción leve, y la posible suspensión de actividades. El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) es el encargado de supervisar y sancionar los incumplimientos, asegurando que las fundaciones cumplan con las obligaciones de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
Órganos responsables de la transparencia y buen gobierno en las fundaciones
En las fundaciones, el órgano de gobierno, generalmente el Patronato, es el responsable de asegurar el cumplimiento de estas normativas. El Patronato debe establecer políticas internas y designar a responsables específicos, como el director ejecutivo o el responsable de cumplimiento. Este debe supervisar la implementación de las medidas necesarias. Además, en virtud de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, las fundaciones y asociaciones deberán de designar un representante ante el Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales, que será el responsable de asegurar el cumplimiento de esta normativa.
Buenas prácticas sobre transparencia y buen gobierno en las fundaciones
Además del cumplimiento estricto de las normativas mencionadas, las fundaciones pueden adoptar diversas buenas prácticas para asegurar una gestión transparente y sostenible. Aquí algunos ejemplo
Código de conducta
Implementar y seguir un código de conducta que establezca principios éticos y de transparencia en todas las operaciones.
Auditorías externas
Realizar auditorías externas periódicas para garantizar la integridad financiera y operativa de la fundación.
Participación ciudadana
Fomentar la participación de los beneficiarios y la comunidad en la toma de decisiones.
Formación Continua
Capacitar continuamente al personal y al Patronato en temas de cumplimiento normativo, transparencia y buen gobierno
Memorias Anuales
Publicar memorias anuales detalladas que incluyan no solo datos financieros, sino también el impacto social de las actividades de la fundación.
Si necesitas que te apoyemos en todo lo referente al cumplimiento de estas normativas en tu fundación, contacta con nosotros.