Si tu empresa ha tenido un bajo índice de siniestralidad y has adoptado las pertinentes medidas preventivas, tienes hasta el día 31 de mayo para pedir la devolución del 5% de las contingencias profesionales que ya has pagado en lo seguros sociales.
Para ello deberás solicitarlo en la Mutua en la que se esté adherida, y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- No superar los índices de siniestralidad publicados según la actividad de la empresa.
- Que se haya cotizado por contingencias profesionales más de 5.000 euros, o 250 euros si es pequeña empresa.
- Haber invertido en instalaciones o equipos para reducir los riesgos laborales.
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y no haber recibido sanciones en materia preventiva.
- Presentar un modelo oficial declarando que cumple los requisitos básicos en materia preventiva
Y además, habrá que acreditar al menos dos de las siguientes acciones:
- Que se tienen recursos preventivos propios,
- Que se han prevenido accidentes in itinere,
- Que se han reducido los empleados expuestos a riesgos de enfermedad profesional,
- Que se han realizado auditorías de sistema de prevención, o
- Que se ha obtenido un certificado de calidad de su sistema preventivo.
Si necesitas ayuda, no dudes en ponerte en contacto con CE Consulting para que nuestros expertos puedan asesorarte y buscar una solución.
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