Laboral

Accidentes y riesgos laborales: cómo evitar futuros problemas

23/02/2017

Nunca está de más cubrirse las espaldas.

La verdad sea dicha, en España contamos con la suerte de tener un sistema sanitario público envidiable, pero ¿qué pasa cuando estamos en la ofi y sufrimos algún altercado? En este artículo te contamos cómo prevenir problemas con los accidentes y los riesgos laborales.

Desde que se puso en vigor la Ley 31/1995 sobre Riesgos Laborales es obligación de la empresa tener cubiertos todos los riesgos que se deriven de la actividad propia del puesto de trabajo, así como tener una serie de medidas de seguridad para actuar en casos de emergencia.

Pongámonos un poco dramáticos, que esto del dramatismo laboral y el “me duele” es el abc del español medio.

La repercusión del no cumplimiento de dicha obligación se traduce en una serie de sanciones de mayor o menor cuantía.

Si hablamos de infracción leve en su grado mínimo, la sanción puede ir desde los 40€, hasta los 819.780€ si se considera infracción muy grave en el grado máximo.

No estamos hablando de multas de las de andar por casa. Sí, ya sabemos que las multas de parquímetro son dolorosas, pero créenos que esto te puede doler más. Así que ojito si no quieres caer en un pozo sin fondo, ya que pueden incluso derivar en el cierre del centro de trabajo, e incluso en responsabilidades penales para los directores y administradores de la empresa.

En un campo tan complejo como es el de los riesgos laborales, está establecido legalmente que la responsabilidad ante cualquier accidente de trabajo derivado de una falta de cobertura del riesgo laboral, es objetiva por parte del empresario en última instancia, por ello es conveniente que la determinación del PLAN DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES se realice a través de personas o entes especializados.

Amigo autónomo, mete esto bien en la cabeza: en el 99,99% de los accidentes de riesgo laboral el culpable vas a ser tú y tú y tú, y solamente tú… (gracias Pablo Alborán por aquella canción).

Y esto será así ya sea porque no has cubierto todos los servicios que tu negocio requiere, o porque no te has encargado de comprobar que estos servicios se encuentren en vigor.

Por ello, te recomendamos que realices esta cobertura a través de una Mutua de Accidentes de Trabajo. Para ello deberás contactar con el departamento de prevención de riesgos laborales y firmar un Contrato de Servicios de Prevención.

En el supuesto de que ya tuvieses cubierto este servicio, te volvemos a repetir que es aconsejable comprobar que está debidamente actualizado en cumplimiento de lo dispuesto con la normativa legal.

Resumiendo amigo autónomo MEJOR PREVENIR QUE CURAR.

Esto es todo por hoy, sólo te queda elegir un buen plan de prevención de riesgos para no tener pesadillas con posibles problemas respecto a accidentes y los riesgos laborales. Si tienes alguna duda desde CE Consulting podemos ayudarte en lo que necesites.

Nuestros expertos

Elisabet Jiménez Llanos

Elisabet es periodista y responsable de contenidos en CE Consulting, donde se encarga, junto a nuestros expertos, de acercar toda la actualidad legal y de gestión a empresas, empresarios y entidades no lucrativas. Apasionada de los viajes, el sol y la playa, le encanta practicar y ver deporte. Cuando no está escribiendo, está leyendo o corriendo 10K o 21K.

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