Actualidad CEEmpresasNuevo visado nómada digital y otros permisos de residencia con la ley de startups

03/03/2023

Además de los beneficios fiscales y reducción de trabas administrativas, la ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes o Ley de Startups trae consigo cambios con respecto a la movilidad internacional. También incorpora novedades sobre aspectos relacionados con la obtención de permisos o visados que permiten trabajar con carácter internacional, como el de nómada digital. Estos modifican el principio de territorialidad que se venía aplicando en Europa y España. Por ello, la ley impacta a inversores, gestores y trabajadores de empresas emergentes, tanto en el país como en el extranjero. Desde CE Consulting te contamos todo lo que debes saber al respecto.

nomada digital

 

Visado para nómada digital: en qué consiste

Esta opción de visado o permiso de trabajo para nómadas digitales está orientada a aquellas personas extranjeras que quieren realizar una actividad profesional mediante el uso exclusivo de sistema informáticos y telemáticos.

Los interesados en solicitar esta visa o permiso deben ser profesionales cualificados que acrediten una formación universitaria o en escuelas de negocios de reconocido prestigio. O, en su caso, que acrediten una experiencia mínima de 3 años en sus funciones profesionales cualificadas.

Según Carlos Díaz, responsable de la unidad de extranjería y movilidad internacional de CE Consulting, “la ley de startups permite el teletrabajo a estos profesionales y la obtención de un permiso para desarrollar su actividad siempre y cuando no superen el 20% de la actividad profesional en España”.

Requisitos para solicitar el visado de nómada digital

Los requisitos que se deben cumplir para solicitar la visa o permiso de trabajo como nómada digital son:

  1. No estar irregular en el territorio español.
  2. Ser mayor de 18 años.
  3. No tener antecedentes penales en los últimos países de residencia.
  4. No figurar como rechazable en España por acuerdos internacionales.
  5. Contar con seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad que pueda operar en España.
  6. Contar con recursos económicos suficientes para sí mismo y los miembros de su familiar durante el periodo de residencia en España. (Tablas pendientes de formalizar antes de marzo de 2023).
  7. Acreditar existencia de actividad real y continuada de, al menos, un año en la empresa o grupo de empresas con la que el trabajador mantiene la relación laboral.
  8. Justificar con documentación que la actividad se puede realizar en remoto.
  9. Acreditar, en caso de una relación laboral contractual internacional, la existencia de esta relación entre trabajador y empresa durante al menos los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud.
  10. Aportar, en el supuesto de relación profesional (mercantil), que se tiene, al menos, una relación con tres meses de antigüedad y se puede ejercer la actividad en remoto.

¿Cómo tribuna el nómada digital?

Este tipo de permiso tiene implícito la opción de poder aplicar la “ley Beckham” en ámbito tributario. Por ello, puede acogerse a esta ley tanto la persona que cuente con este permiso como su cónyuge. Esta es la novedad con respecto a la anterior aplicación de la misma.

Según Carlos Díaz, responsable del área de movilidad internacional y extranjería de CE Consulting, “esta ley permite mantener la tributación de rendimientos y otro activos en país de origen, teniendo solo el trabajador que rendir cuentas a la administración tributaria por los rendimientos obtenidos únicamente en ámbito de España”.

Es importante tener presente que la Agencia Tributaria revisa exhaustivamente el cumplimiento de esta norma y los requisitos para poder aplicarla.

 

¿Qué cambia esta ley de startups con respecto a la anterior?

Con la ley de startups se amplía, además, la vigencia de autorizaciones de residencias a tres años para inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, traslados intraempresariales e investigación. Esta ampliación es renovable por un periodo de dos años. Después de ello, una vez cumplidos los cinco años, se pasaría a residencia de larga duración.

Díaz explica que con la nueva ley “se suprime la necesidad de justificar antecedentes penales de los países de residencia de los últimos cinco años, acotándose solo a los de los dos últimos. Además, será suficiente con la presentación de un documento de declaración responsable de inexistencia de antecedente penal alguno”.

Finalmente, la nueva norma habilita a ENISA, la Empresa Nacional de Innovación, para que controle y emita los informes favorables de las actividades emprendedoras cuando se quiere iniciar una actividad en España.

 

¿Qué organismo gestiona estos permisos y cuánto tardan en resolverse?

La competencia de resolución de estos expedientes lo tiene la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). En CE Consulting ayudamos a los profesionales y empresas con la gestión de estos permisos de trabajo. Según Díaz, la entidad a cargo de la resolución de estos expedientes está tardando unos 20 días hábiles. “Mi recomendación para todos aquellos interesados en gestionar este tipo de visa, bien para ellos mismos, o para alguien de su empresa, es aportar todos los documentos debidamente legalizados, ya que es la única prueba documental que certifica el derecho ante la administración y justificar muy bien que el tipo de trabajo es en remoto. Estas consideraciones harán posible el éxito del expediente”.

 


 

Desde CE Consulting asesoramos a empresas, profesionales y entidades sin ánimo de lucro para que cumplan con todas las regulaciones vigentes. Si tienes dudas con cualquier asunto laboral, fiscal o mercantil, ponte en contacto con nosotros.


 

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