Un autónomo societario es aquel autónomo que, trabajando por cuenta propia, ha constituido una sociedad mercantil. En este artículo, desde CE Consulting te explicamos los detalles que debes saber sobre esta figura.
¿Qué diferencias hay entre el autónomo societario y el individual?
La principal diferencia entre el autónomo individual y el societario radica en la estructura legal y fiscal. Mientras que el primero opera bajo su nombre personal, el autónomo societario se caracteriza por ser administrador o socio de una sociedad mercantil.
Esta diferencia afecta a la responsabilidad de uno u otro frente a deudas. En el caso del autónomo persona física, este responde con su patrimonio personal. En el del autónomo societario, la responsabilidad es limitada al capital aportado a la sociedad.
Requisitos para ser autónomo societario
El autónomo societario debe cumplir alguna de las siguientes condiciones:
- Tener al menos el 33% del capital y trabajar en la empresa.
- No tener participaciones, pero convivir con uno de los socios con el 50% de capital.
- Tener al menos el 25% del capital de la empresa y ejecutar labores de dirección o gerencia.
Si no se realizan funciones para la sociedad, no existe la obligación de cotizar como autónomo societario.
¿Qué socios, con control efectivo, deben darse de alta como autónomos societarios?
- Aquel que a su vez es administrador de la empresa, con independencia de que el cargo sea retribuido o no. Esto, siempre que ejerza dicho cargo de forma activa, realizando tareas de dirección y gerencia.
- Aquel que es administrador de la sociedad, pero ejerce únicamente actuaciones pasivas. Estas se limitan a funciones formales y otra persona es quien dirige el negocio. En este caso, solo cotizará como autónomo societario si también trabaja en la sociedad y percibe remuneración por ello.
Si el socio, con control efectivo, no es administrador, solo deberá cotizar en el RETA si también trabaja para la empresa y percibe remuneración por ello. En caso de que no sea administrador ni trabaje en la empresa, no deberá cotizar a la Seguridad Social.
Cómo darse de alta como autónomo societario
El proceso para darse de alta como autónomo societario implica varios pasos:
- Constituir una sociedad mercantil y registrarla en el Registro Mercantil.
- Solicitar el NIF provisional y definitivo de la sociedad.
- Inscribirse en el RETA como trabajador autónomo societario.
- Dar de alta a la sociedad en Hacienda mediante el modelo 036 o 037.
Si el autónomo societario quiere contratar a trabajadores o socios en régimen general de la Seguridad Social, debe solicitar el código cuenta de cotización (CCC).
Tarifa plana para autónomos societarios
En la actualidad, los autónomos societarios también tienen la posibilidad de optar a este incentivo que disminuye considerablemente la cuota de autónomos mensual durante la primera fase del emprendimiento.
Esta tarifa plana consiste en una reducción de la cuota mensual que se debe pagar, durante los dos primeros años.
Requisitos para acceder a este beneficio
Para poder beneficiarse de la tarifa plana de autónomo societario se deben cumplir dos requisitos básicos:
- Que sea la primera vez que se tramita el alta en el RETA. O que hayan transcurrido dos años sin ser autónomo. O tres, si la persona se benefició en su momento de la tarifa plana.
- No tener deudas, ni con la Seguridad Social, ni con la Agencia Tributaria.
Cuantía
- Durante los 12 primeros meses de actividad, la tarifa plana para el autónomo societario es de 80 euros, independientemente de los ingresos que tenga.
- En los siguientes 12 meses, el autónomo societario podrá seguir pagando 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para hacer efectiva dicha ampliación, tendrá que solicitarlo a la Seguridad Social a través de Importass. Todas las solicitudes de ampliación deben ir acompañadas de una declaración relativa a que los rendimientos netos que se prevén obtener van a ser inferiores al SMI vigente.
- Y una vez transcurrido el periodo de tarifa plana de 80 euros, el autónomo societario pasará a cotizar conforme al nuevo sistema de cotización en función de sus ingresos reales.
Obligaciones laborales de los autónomos societarios
Cuotas
El nuevo sistema, que entró en vigor en 2023, establece que el cálculo de la cuota por ingresos reales debe realizarse de la misma forma que cualquier otra persona trabajadora por cuenta propia. Deberán acogerse a un tramo de cotización en base a los rendimientos, respetando una base mínima de 1.000 euros.
Desde 2023 la cuota mínima es de 310 euros al mes. Y la cuota máxima, en 2024, es de 1.375 euros al mes.
Cómo debe cobrar: nómina o factura
Dependiendo de la relación que tenga con la sociedad, el autónomo societario puede cobrar a través de una factura o hacerlo a través de una nómina.
- Factura
- En este caso incluirá IVA, solo si el trabajo es independiente y se trabaja como profesional para la sociedad. Esto implica, entre otras cosas, usar medios propios, tener libertad de horarios laborales y vacacionales.
- También se deberá cobrar a través de factura si esa persona decide, por sí misma, las fechas de vacaciones o no sigue instrucciones de un superior jerárquico. O corre riesgos económicos por la cantidad de trabajo que adquiere.
- Nómina
- En el resto de casos porque se considera que el trabajo no es independiente. Por ejemplo, cuando ejerce una labor de dirección y gerencia o es administrador de la sociedad. En estos casos, el autónomo societario gana seguridad porque tiene derecho las prestaciones de la Seguridad Social: baja por enfermedad, jubilación, desempleo, etc. Además, le permitiría beneficiarse de las deducciones establecidas: gastos de formación, sindicatos y seguros médicos, entre otras.
Aunque un autónomo societario cobrara una nómina de la empresa por no reunir el carácter independiente de su trabajo, debe seguir dado de alta en el RETA y pagar sus cotizaciones como cualquier autónomo.
Fiscalidad del autónomo societario
IVA
Depende de si existe relación laboral o no (art. 5 LIVA). Si se considera que existe, la factura no deberá incluir IVA. En caso de que la actividad se desarrolle como profesional, sí tendrá que repercutirlo.
Impuesto de sociedades (desgravación del sueldo)
A raíz de dos sentencias del Tribunal Supremo de 2022 es posible desgravar el sueldo de los autónomos societarios en el Impuesto de Sociedades.
Modelo 130 y 303
El autónomo societario que cobra a través de factura tiene las mismas obligaciones de cotización y tributación que cualquier autónomo. Por ello, de forma trimestral, liquidará tanto el IVA, mediante el modelo 303. El IRPF será con el modelo 130.
IRPF
Los ingresos obtenidos tributan en el IRPF dependiendo de la relación que se tenga con la sociedad. Si hay relación de independencia, se deben declarar como rendimientos de la actividad económica de forma trimestral. Cuando la relación es de dependencia con la sociedad y se cobra por nómina, se deben declarar como rendimientos del trabajo.
Tanto si necesitas ayuda porque eres un autónomo societario como si tienes dudas sobre esta figura, déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo a la mayor brevedad para asesorarte.