Fiscalidad y tributación

¿Conoces las novedades del Impuesto sobre Sociedades para este 2024?

05/07/2024

En el año 2024, las empresas españolas se enfrentan a una serie de cambios significativos en la legislación que les afecta. Y hay novedades en Impuesto Sociedades 2024. Estos ajustes reflejan las continuas reformas del gobierno para adaptar el sistema fiscal a las nuevas realidades económicas y sociales. Te los contamos desde CE Consulting.

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Tipos de gravamen modificado y cuota líquida

Un cambio notable en el Impuesto de Sociedades es la introducción de un tipo de gravamen reducido del 15%. Esto es para empresas emergentes durante el primer período impositivo en que su base imponible sea positiva. También para los tres períodos impositivos siguientes.

Adicionalmente, las empresas con una cifra de negocios en el ejercicio anterior inferior a un millón de euros se beneficiarán de un tipo del 23%.

Por otra parte, se elimina la cuota líquida mínima para entidades sin fines de lucro, Sociedades de Inversión Colectiva, Fondos de Pensiones y SOCIMIs.

 

Ampliación de exenciones existentes, otra de las novedades del Impuesto Sociedades 2024

Para este año, se amplía la exención del 95% a las rentas positivas obtenidas por entidades residentes en España derivadas de la transmisión de valores representativos del capital social de entidades no residentes en territorio español. Esto, siempre que se cumplan determinados requisitos.

 

Amortizaciones y deducciones

Se prorroga la libertad de amortización para inversiones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, reflejando el enfoque del gobierno hacia la sostenibilidad.

Con efectos desde el 30 de junio de 2023, se establecen nuevos supuestos de amortización acelerada para las inversiones en vehículos eléctricos y nuevas infraestructuras para su recarga, consistente en multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo.

También se ha incrementado el porcentaje de deducción por donativos realizados a entidades beneficiarias del mecenazgo. Este pasa del 35% al 40%, siendo esta medida efectiva desde enero de 2024.

Se amplía la deducción por inversión en I+D+i (deducción por inversión en activos fijos intangibles), incluyendo la adquisición de activos intangibles generados por terceros.

 

Tratamiento de retribuciones y gastos

La principal novedad ocurrida en este período consiste en que las retribuciones a los administradores que no están previstas en los estatutos, pero que han sido acreditadas y contabilizadas, deben considerarse gastos deducibles. Esto responde a la necesidad de flexibilizar y reconocer prácticas empresariales variadas sin penalizar fiscalmente a las empresas por formalidades estatutarias.

 

Modificación de algunos plazos de presentación

La campaña de declaración del IS se ajusta también a estos cambios, con la presentación de declaraciones ajustándose a plazos específicos según si el pago se domicilia o no en entidades colaboradoras.

Así, si el ejercicio de la empresa coincide con el año natural, este año podrá presentar la declaración entre el 1 y el 25 de julio de 2024. Dicho plazo irá del 1 al 22 de julio en caso de que su empresa domicilie el pago en una entidad de crédito colaboradora con la AEAT.

 

Como novedades del Impuesto Sociedades 2024 está el Modelo 200

El nuevo modelo 200 para la declaración del IS refleja estas y otras modificaciones legales.

Se ha adaptado a las modificaciones legales introducidas para el ejercicio 2023. Entre otras:

  • El nuevo supuesto de libertad de amortización en inversiones que utilicen energías procedentes de fuentes renovables.
  • El nuevo tipo del 15% aplicable para empresas emergentes en el primer período impositivo en que su base imponible resulte positiva y en los tres siguientes
  • El nuevo tipo del 23% para las empresas con una cifra de negocios en el ejercicio anterior inferior a un millón de euros.
  • Nueva obligación formal consistente en declarar la titularidad real.

Además, introduce un carácter específico en la página 1 del modelo para indicar la participación en agrupaciones de interés económico o uniones temporales de empresas.

Asimismo, se añaden modificaciones en el cuadro detalle del modelo 200 sobre el régimen especial aplicable a AIE y UTE, incluyendo, con carácter voluntario para este primer período impositivo, la cumplimentación de un desglose para el caso de partícipes en este tipo de entidades.

También se ha añadido un nuevo anexo (VI) relacionado con la Reserva para inversiones en las Illes Balears, que debe presentarse previamente a la declaración del IS.

 

En CE Consulting podemos asesorarte en todos los aspectos fiscales de tu empresa. ¡Ponte en contacto con nosotros!

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Nuestros expertos

José Ramón Huertas López

José Ramón Huertas es asesor fiscal en CE Consulting. Licenciado en Empresariales por la Universidad Autónoma de Madrid, posee además un máster en Tributación y Asesoría Fiscal y otro en Dirección de Empresas. Apasionado del deporte: le gusta tanto verlo como practicarlo. Pasa su tiempo libre con la familia y amigos.

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