Artículos ProfesionalesAsesor InformaEmpresasJurídico¿Es posible dejar la herencia por desigual entre los hijos?

02/10/2018

Aunque cada persona puede disponer libremente de su patrimonio para después de su muerte, debe saberse que en España hay unos límites que, en la práctica, reducen mucho esa libertad.

Esos límites pueden variar si se aplican o no derechos forales, pero, con carácter general, puede decirse que el principal límite es que, habiendo hijos, una tercera parte de la herencia les corresponde, por Ley. Y se repartirá entre todos ellos por partes iguales. Es lo que se llama la legítima estricta o corta. Los testamentos se refieren a esta parte como “lo mínimo que por Ley les corresponda”, cuando se quiere dejar a un hijo lo estrictamente obligatorio.

Los otros 2/3 de la herencia

Otra tercera parte podrá destinarse a mejorar sólo a hijos o descendientes. A todos, alguno o a algunos de ellos, pero como quiera y en la medida en que quiera el testador. Si no se dice nada, corresponde a los restantes hijos por igual.

Y en el tercio restante es en el que sí hay libertad para disponer a favor de quien desee el testador. Incluidos los hijos.

En el caso de los hijos, lo que mínimamente le corresponde a cada uno es una parte por igual de un tercio. En el resto, el testador podrá privarle de tener ninguna participación. Y ello siempre que no haya causa para desheredarle, pues en tal caso, no tendría derecho a nada.

Herencia desigual entre los hijos

Entonces, ¿cómo dejar por desigual a los hijos? Necesariamente por testamento, y como hay varios tipos de testamento, el más recomendable sería el que se hace ante Notario. Bastaría con manifestarle que, teniendo varios hijos, queremos repartir nuestra herencia entre ellos dejándole, a uno o a varios, “lo mínimo que por Ley le corresponde” y distribuir el resto entre los demás, con los límites anteriores, ya sea por partes iguales o desiguales, en cuyo caso se dirá el porcentaje, inmueble, cantidad o valor que queremos adjudicar a ese hijo o hijos.

Pero siempre por testamento. Si no, todos son herederos por partes iguales.

 

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