¿Sabías que algunas comunidades autónomas aplican un tipo reducido de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la compra de viviendas que se vayan a revender?
Y es que, al adquirir una vivienda usada, el comprador debe pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, cuyo coste oscila entre el 6% y el 11%, dependiendo de cada Comunidad Autónoma.
Pero, si la vivienda adquirida tiene como finalidad su reventa posterior a un tercero, las Comunidades Autónomas aplican un tipo reducido del ITP en el momento de la adquisición.
Requisitos para el tipo reducido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
Para ello, tienen que cumplirse los siguientes requisitos:
- La actividad principal de la empresa adquirente de la vivienda debe ser actividad inmobiliaria
- La vivienda adquirida ha de incorporarse al activo circulante de la empresa como existencia, destinándose a su posterior venta y quedando recogido este efecto en la escritura pública de adquisición.
- Y la vivienda así adquirida deberá de ser vendida en un plazo determinado: que oscila entre dos y cinco años, dependiendo de cada Comunidad Autónoma.
En caso de no cumplir el requisito del nuevo plazo de venta establecido en tu comunidad, deberás presentar una declaración complementaria, ingresando la parte del impuesto no liquidado en su día más los intereses de demora.