Actualidad CETransferencias bancarias, ¿qué controla Hacienda?

04/05/2023

Las transferencias bancarias o movimientos de fondos de una cuenta a otra se han vuelto muy habituales y recurrentes en nuestras vidas porque son operaciones sencillas y muy útiles. A pesar de ello, hay varias consideraciones a tener en cuenta para evitar cualquier problema con Hacienda. Te contamos todo gracias en este artículo de CE Consulting.

Transferencias bancarias

 

¿Qué es una transferencia bancaria?

Una transferencia bancaria es un traspaso de fondos de una cuenta bancaria a otra. Este movimiento se puede emitir desde una persona o entidad e, igualmente, dirigirse a otra persona o empresa. Es importante no confundir transferencia bancaria con traspaso. Una transferencia es una operación entre diferentes entidades bancarias. El traspaso, por su parte, se realiza en tres cuentas de la misma entidad.

 

¿Qué tipos de transferencias bancarias existen?

Según José Ramón Huertas, asesor fiscal de CE Consulting, podemos diferenciar dos tipos de transferencias bancarias. Por una parte, estaría la ordinaria y, por otra, la inmediata, la cual tiene normalmente un coste para que los fondos lleguen de forma instantánea al destinatario.

Además, Huertas recuerda que vía Banco de España también se pueden realizar trasferencias. En estas interviene el banco regulador y los fondos se pasan de una cuenta a otra en cuestión de minutos, pero tiene coste como hemos comentado.

 

¿Qué se necesita para hacer una transferencia bancaria?

En cualquier transferencia es imprescindible contar con el número CCC o IBAN de la cuenta a la que se traspasa el dinero.

En el caso de las transferencias internacionales, deben identificarse las cuentas destinatarias en formato IBAN, que actualmente lo utilizan los países en la zona única de pagos (SEPA). Son principalmente 36 países: los estados miembros de la UE, que son 27, y Noruega, Islandia, Linchtenstein, Andorra, Mónaco, San Marino, Suiza, Reino Unido y Ciudad del Vaticano.

Para el resto de países hay que indicar el BIC o SWIFT. Este es un identificador de la cuenta destino cuyos caracteres incluyen la entidad financiera, el código del país, el código de provincia y el código de sucursal.

 

¿Hacienda controla las transferencias bancarias?

Hacienda tiene acceso a información bancaria porque las entidades bancarias están obligadas a proporcionarles toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria de una empresa o persona.

Según Huertas, los bancos están obligados a informar a Hacienda cuando detectan transferencias fuera de lo normal, bien por volumen, por reiteración o por el país de origen o destino de los fondos traspasados. “El servicio de prevención de blanqueo de capitales de los bancos comunica este tipo de situaciones alarmantes, sobre todo, fondos del exterior, fondos de países sospechosos, etc.”.

Por tanto, si Hacienda o cualquier administración sospecha de algún contribuyente, podrá seguir la trazabilidad de la operación gracias a las nuevas tecnologías y al apoyo de las entidades bancarias.

 

¿Qué transferencias bancarias te obliga a declarar Hacienda?

No hay que declarar ninguna trasferencia. A pesar de ello, en caso de que una persona esté obligada a llevar una contabilidad, deberá llevar la contabilidad de las transferencias que emite y recibe porque son consideradas un cobro o pago.

 

Cómo hacer las transferencias bancarias entre familiares: evita cualquier incidencia

Es muy habitual que un familiar deje a otro dinero y se realicen transferencia sin que se documenten. Hay que tener mucho cuidado con estas operaciones. Por ello, el experto de CE Consulting recomienda describir muy bien el concepto para evitar problemas. Y que ese concepto tenga un trasfondo y se pueda documentar correctamente. Según Huertas, “toda transferencia debe tener una justificación, sino puede haber problemas”.

La recomendación es poner pago factura, préstamo, etc. “Hay que tener cuidado con lo que se indica en el concepto de la trasferencia porque podría resultar sospecha para Hacienda”, según Huertas.

 

Nuevas formas de transferencias bancarias: Bizum

Y más allá de la transferencia bancaria, existe una nueva forma de traspasar dinero de una cuenta a otra. Es Bizum. Además de su uso a título individual, cada vez más empresas comienzan a ofrecer este método de pago-cobro a sus clientes y usuarios. A pesar de ello, y aunque las empresas pueden tener Bizum, no todos los bancos ofrecen este servicio a las empresas. Huertas insiste que “esta de forma de pago en las empresas debe ser lo más transparente posible y, como ingreso o gasto, debe incluirse en la contabilidad”.

A través de Bizum, el dinero máximo por operación es de 1.000€, y nunca se podrá ingresar más de 2.000€ al día. Por el contrario, la cantidad mínima por operación, a través de Bizum, es de 0,50€, para la gran mayoría de los bancos.

Como se explicó anteriormente, si las operaciones son cantidades pequeñas, ni los bancos ni Hacienda llevarán a cabo una inspección. Caso contrario será cuando se sobrepasen los límites marcados en la legislación.

 


 

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