Asesor InformaJurídicoCómo actuar ante cargos no autorizados en la cuenta o tarjeta bancaria

04/11/2019

¿Cuántas veces nos habrá pasado que al revisar los movimientos de las cuentas bancarias descubrimos un cargo con el que no estamos conformes? En este post te contamos qué hacer ante cargos no autorizados en tu cuenta bancaria o tu tarjeta.

En la mayoría de los casos son servicios que si bien un día tuvimos dados de alta, a día de hoy creíamos haberlos cancelado o bien suscripciones aparentemente gratuitas que llegado un tiempo dejan de serlo o en las que pasamos de abonar una cuota a otra muy superior.

¿Qué hacer cuando detectamos cargos no autorizados en nuestra cuenta o tarjeta?

En estas ocasiones lo primero que hay que hacer es analizar la letra pequeña de los servicios contratados, ya que una devolución injustificada de un recibo podría dar lugar a que nos incluyeran en listas de morosos tipo ASNEF, RAI o CIRBE, de las que luego resulta muy difícil salir. Incluso podrían demandarnos por incumplimiento de contrato y por haber incurrido en impagos.

Si una vez comprobado esto, efectivamente confirmamos que no procede dicho adeudo, deberemos comunicarlo a la entidad bancaria para que proceda a la devolución de dichos recibos, restituyéndonos esas cuantías. Así mismo debemos dar instrucciones al banco para que no atienda a más adeudos de esa compañía. Para ello deberemos tener en cuenta que el plazo para solicitarlo es de dos meses desde que se produce el adeudo y que la entidad bancaria procederá al abono no más tarde de 10 días hábiles, salvo que no se muestre conforme, en cuyo caso nos dará una respuesta indicando las vías posibles de reclamación. 

En otras ocasiones los cargos simplemente se deben a la emisión de facturas duplicadas, por lo que la simple comunicación al emisor será suficiente para que proceda a la devolución del importe cobrado de más. 

Por otro lado existen los cargos no autorizados realizados en la cuenta bancaria o tarjeta, motivados por el extravío, sustracción, apropiación indebida o utilización no autorizada de instrumentos de pago o credenciales de seguridad.

En estos casos, además de poner una denuncia cuando proceda, deberemos ponerlo en conocimiento de la entidad bancaria a la mayor brevedad posible. Aquí sí que podríamos decir “el tiempo es oro”, ya que una vez que notifiquemos esta situación irregular la entidad bancaria responderá por cualquier cargo efectuado, salvo que exista fraude o negligencia respecto de la custodia del instrumento de pago y credenciales de seguridad.

En ese caso hay que tener en cuenta que las entidades bancarias disponen de mecanismos para hacer esta comunicación de forma inmediata desde que se notifica esta irregularidad, ya sea a través de banca telefónica, app, página web, etc.

En aquellos casos en los que descubrimos esta situación cuando ya se ha efectuado el cargo, se entrará a valorar nuestra negligencia, posible actuación fraudulenta o incumplimiento deliberado de nuestras obligaciones, sobre todo respecto de las claves de acceso y seguridad, de forma que si se deduce que no ha habido la observancia debida, el banco no nos devolverá esos importes.

En los casos en que el usuario no hubiese tenido posibilidad en términos objetivos, de detectar la pérdida, sustracción o apropiación indebida antes del pago, el usuario solo deberá soportar en su caso un importe máximo de 50 € y si el cargo se hizo únicamente utilizando los datos impresos en el instrumento de pago y se comunica inmediatamente a su conocimiento, en principio nos devolverán todo.

El plazo para reclamar la devolución será de 13 meses y deberemos iniciar el procedimiento comunicándolo al servicio de atención al cliente de la entidad bancaria a la mayor brevedad posible, quien deberá darnos una respuesta motivada en un plazo máximo de un mes. 

Si la entidad se niega elevaremos la reclamación ante el Banco de España, quien emitirá una respuesta motivada si bien, no tiene carácter vinculante para ninguna de las partes. Si, aún así, el banco no procede a la devolución, deberemos buscar una solución judicial.

Por último, y como recomendación, en estos casos, lo mejor es no dejar de revisar nuestro seguro de hogar, que en muchos casos incluye coberturas para el robo y uso fraudulento de tarjetas, por lo que es importante tenerlo en cuenta.

Si necesitas ayuda, no dudes en ponerte en contacto con CE Consulting para que nuestros expertos puedan asesorarte y buscar una solución.

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