Mas de un 90% de los españoles reconoce haber recibido en el último mes alguna llamada comercial no solicitada y el 37% asegura haber recibido más de diez. Las llamadas comerciales desde números móviles se han convertido en una práctica molesta y, en muchos casos, peligrosa para la ciudadanía. Por este motivo, el Gobierno ha aprobado una nueva normativa que prohíbe este tipo de llamadas.Desde CE Consulting te explicamos qué dice la ley, cómo afecta a las empresas y qué herramientas tienen los consumidores para protegerse.
¿Qué dice la norma sobre las llamadas comerciales no deseadas?
El objetivo de la Orden TDF/149/2025 del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública es combatir las estafas de suplantación de identidad por vía telefónica y mensajería electrónica introduciendo mecanismos de bloqueo y verificación que impidan estas prácticas ilegales. La sofisticación de los fraudes electrónicos, especialmente aquellos que emplean técnicas de suplantación de identidad, ha llevado a la Administración a adoptar medidas urgentes para frenar el creciente número de estos fraudes electrónicos, implementando medidas como la obligación de los operadores bloquear llamadas y mensajes sospechosos. Con ello se garantizaría la correcta identificación de los números. También se prohíbe el uso de números móviles para llamadas comerciales. Únicamente podrán utilizarse teléfonos con prefijos gratuitos (800 y 900) o bien los prefijos geográficos provinciales para este tipo de comunicaciones.
La Lista Robinson es una herramienta oficial de exclusión publicitaria que permite a las personas usuarias evitar comunicaciones comerciales no deseadas cuando no existe una relación contractual previa. Las empresas deben consultar esta lista antes de iniciar cualquier campaña. Ignorarla podría suponer una infracción y sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). A pesar de ello, solo un 17% de la población está inscrito en algún listado de exclusión publicitaria.
Próxima medida: base de datos oficial para identificar SMS comerciales
A medio plazo, se implementará una nueva medida: la creación de una base de datos oficial de códigos alfanuméricos usados en los SMS (como nombres de empresa en lugar de números). Permitirá verificar que un mensaje realmente proviene de la entidad que dice ser, evitando fraudes por suplantación, especialmente, en el sector financiero y de paquetería. Esta herramienta técnica requerirá más tiempo de desarrollo, por lo que entrará en vigor 15 meses después de la publicación oficial. Esto sería el septiembre de 2026. Las empresas deberán asegurarse de que sus mensajes estén registrados correctamente y cumplan los requisitos de autenticidad.
Otra medida para frenar el fraude telefónico: bloqueo automático de llamadas y SMS
Los operadores de telefonía deben bloquear cualquier número que no haya sido asignado a un servicio, cliente o entidad válida. Esta medida afecta especialmente a los números que comienzan por 3 o por 4, que no están autorizados para realizar llamadas comerciales. Solo en los dos primeros meses de aplicación, se han bloqueado más de 14 millones de llamadas y 800.000 SMS sospechosos, reduciendo así el margen de actuación de posibles estafadores.
Multas y sanciones por incumplimiento de la ley de las llamadas comerciales no deseadas
El incumplimiento de la norma puede suponer:
- Sanciones de hasta 100.000 euros por infracciones leves.
- Multas superiores si se considera una infracción grave o reiterada, especialmente cuando se vulnera el consentimiento del consumidor.
- La AEPD y el Ministerio de Transformación Digital pueden actuar de oficio o a raíz de una denuncia ciudadana.
¿Cómo reclamar en caso de que se produzcan llamadas comerciales no deseadas?
Si una persona recibe una llamada comercial desde un número móvil, puede tomar varias medidas para ejercer sus derechos. Lo primero es anotar el número desde el que se ha realizado la llamada, junto con la fecha y hora en la que se ha producido. A continuación, se recomienda presentar una queja directamente ante la empresa responsable, solicitando la eliminación de sus datos de contacto de la base utilizada para estas comunicaciones. En caso de que la práctica persista, o si no se identifica correctamente al emisor, la persona afectada puede presentar una reclamación formal ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), entidad encargada de velar por el cumplimiento de esta normativa.
En CE Consulting contamos con un equipo especializado en cumplimiento normativo y protección de datos que puede ayudarte a adaptar tus procesos comerciales a la nueva regulación. Evita sanciones, protege tu reputación y garantiza la confianza de tus clientes.