El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la retribución mínima que debe recibir una persona trabajadora por su jornada legal de trabajo. Es fijado anualmente por el Gobierno en cumplimiento del artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores. En CE Consulting te contamos todo sobre este asunto.

¿Cuál es el nuevo Salario Mínimo Interprofesional en 2026?
El Consejo de Ministros aprobó una subida del 3,1% del SMI para 2026. Con esta actualización, el salario mínimo queda en 1.221 euros al mes en 14 pagas, lo que suponen 17.094 euros al año. La medida se aplica con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026. Además, este SMI 2026 queda exento de tributación en el IRPF.
Este importe se refiere exclusivamente a la retribución dineraria, ya que el salario en especie no puede reducir esta cuantía mínima.
¿A quién aplica el nuevo SMI 2026?
La nueva cuantía del SMI se aplica a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena, con independencia de su tipo de contrato (indefinido, temporal, formación, etc.), sector (incluido agricultura), edad o sexo.
También afecta a las personas dadas de alta en el régimen de empleadas y empleados de hogar.
¿Cómo afecta el SMI a los contratos y convenios?
Los complementos salariales (por antigüedad, turnicidad, productividad, etc.) se sumarán al SMI si están recogidos en convenio colectivo o contrato individual, como establece el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Además, si un trabajador ya percibe un salario superior al nuevo SMI en cómputo anual, esta revisión no le afectará. Solo se ajustarán los sueldos que estén por debajo del nuevo mínimo anual de 17.094 euros.
¿Cómo afecta el SMI a subsidios, prestaciones y jubilación?
La subida del SMI beneficiará a aquellas personas que perciben ciertos tipos de subsidios o prestaciones, calculadas en mayor medida en porcentaje sobre el salario mínimo interprofesional. En algunas ocasiones, para acceder a estas, además, se exige que la persona no tenga ingresos superiores al SMI vigente o un porcentaje sobre el mismo, por lo que beneficiara a mucha más gente.
Con relación a aquellos jubilados que estén realizando trabajos por cuenta propia y que se beneficien del máximo legal de ingresos anuales para no tener que cotizar, esta subida supondrá poder aumentar un 5% de sus ingresos con respecto al año anterior, siempre respetando este máximo legal.
¿Qué ocurre con las personas trabajadoras eventuales, temporeras y del hogar?
Las personas con trabajos eventuales y temporeros (con contratos de hasta 120 días en una misma empresa) deberán cobrar, como mínimo, 57,82 euros por jornada legal en la actividad. Este importe incluye la parte proporcional de domingos, festivos y pagas extra.
En el caso de empleadas y empleados de hogar, si trabajan por horas, el salario mínimo será de 9,55 euros por hora trabajada, incluyendo todos los conceptos retributivos (salario, descansos, vacaciones, pagas extra…).
¿Qué deben tener presente las empresas sobre el Salario Mínimo Interprofesional en 2026?
Las empresas y entidades deben revisar sus contratos y nóminas de trabajadores para asegurar el cumplimiento del Salario Mínimo Interprofesional en 2026. Es importante verificar la estructura retributiva y la suma total de conceptos en cómputo anual. Igualmente, hay que tener especial cuidado con las situaciones de jornadas parciales, temporales o especiales (como el servicio doméstico).
En CE Consulting te ofrecemos un asesoramiento laboral integral para tu empresa o negocio. Si tienes alguna duda, ponte en contacto con nosotros.





