Laboral

Salario Mínimo Interprofesional 2024: ¿Quién notará esta subida?

14/02/2024

A propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social el Consejo de Ministros ha aprobado para el año 2024 la subida del salario mínimo interprofesional (SMI). En este artículo analizamos qué colectivos notarán más esta subida y cuál es el impacto que tendrá para las empresas.

 

¿Cuál será el salario mínimo interprofesional en 2024?

Según el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024, se establece el SMI para cualquier actividad en 1.134 euros al mes, distribuidos en 14 pagas para la jornada ordinaria de trabajo, un total de 15.876 euros año.

Es un aumento que marca un hito en la historia económica del país, que acumula un incremento del salario mínimo del 54% desde el año 2018 y un 5% con respecto al ejercicio 2023.

 

¿Desde cuánto tendrá efecto?

Las cuantías surtirán efecto retroactivo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.

 

¿Qué trabajadores se beneficiarán del nuevo Salario Mínimo Interprofesional?

Según datos proporcionados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, aproximadamente dos millones y medio de trabajadores asalariados se beneficiarán directamente de esta subida.

Sin embargo, más allá de las cifras, surge un interrogante fundamental: ¿Quién notará está subida realmente?

El colectivo más directamente impactado por este aumento lo conforman los trabajadores de sectores precarizados, trabajadores no cualificados, minorías o colectivos con convenios de poca regularización salarial anual. En este sentido, la cuantía del SMI prevalecerá siempre sobre el importe del convenio cuando este estipule cantidades inferiores al mínimo. Este incremento supondrá 54 euros al mes en 14 pagas para los trabajadores asalariados con jornada ordinaria de trabajo, siendo este un aumento significativo de sus ingresos anuales. Para las personas trabajadoras eventuales y temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, el salario no podrá estar por debajo de 53,71 euros por jornada ordinaria de trabajo.

Además, con el aumento del SMI, se eleva el mínimo exento del IRPF para el año 2024, coincidiendo con el importe anual del SMI. También, esta medida beneficia notoriamente a aquellos trabajadores asalariado que están o van a ser embargados, ya que el límite del embargo siempre va en función del salario mínimo anual existente.

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Subsidios o prestaciones

Por otro lado, la subida del SMI beneficiará a aquellas personas que perciben ciertos tipos de subsidios o prestaciones, calculadas en mayor medida en porcentaje sobre el salario mínimo interprofesional. En algunas ocasiones para acceder a estas, además, se exige que la persona no tenga ingresos superiores al SMI vigente o un porcentaje sobre el mismo, por lo que beneficiara a mucha más gente.

Jubilación

Con relación a aquellos jubilados que estén realizando trabajos por cuenta propia y que se beneficien del máximo legal de ingresos anuales para no tener que cotizar, esta subida supondrá poder aumentar un 5% de sus ingresos con respecto al año anterior, siempre respetando este máximo legal.

 

¿Cómo impacta la subida del SMI en las empresas?

Este incremento del salario mínimo interprofesional también plantea desafíos para los empleadores. La pregunta clave es si estos podrán absorber estos costes mensuales adicionales sin afectar su viabilidad financiera, y sin recurrir a medidas como despidos o el aumento de contratos a tiempo parcial.

Cotizaciones

Debemos entender que para este ejercicio 2024 no solo se elevan los costos mensuales del SMI, sino que también se implementa en los seguros sociales una subida de la cotización adicional del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que representa 0,70 puntos porcentuales, distribuidos en un 0,58 para la empresa y un 0,12 para el trabajador.

Además, en relación con la base mínima de cotización mensual, en la fecha de publicación del SMI para el año 2024 los empleadores deberán pagar acorde a esta subida y no en base a las bases mínimas publicadas en el Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024. Por lo que con alta probabilidad se deberán rectificar las bases de cotización de enero mediante liquidaciones complementarias por incremento de bases derivadas de abono de salarios con carácter retroactivo.

Empleados del hogar

Un aspecto que no puede pasarse por alto es la repercusión en los empleadores de trabajadores del servicio del hogar familiar, principalmente en aquellos especialmente vulnerables, con discapacidad o de avanzada edad. Para muchos de ellos, los cuidados proporcionados por los empleados del hogar son esenciales, y pueden no contar con los recursos económicos necesarios para cumplir con esta subida del salario mínimo interprofesional. Conjuntamente hay que destacar que los trabajadores del servicio del hogar familiar que trabajen por horas, en régimen externo, en 2024 deberán percibir 8,87 euros por hora efectivamente trabajada.

 

En conclusión, la subida del SMI es un paso importante hacia la mejora de las condiciones laborales y la calidad de vida de los trabajadores asalariados. La implementación de estas medidas genera cierta controversia en el ámbito empresarial y en los hogares, afectando directamente en la capacidad económica de los empleadores, especialmente aquellos de pequeñas y medianas empresas. Si partimos directamente de su fecha de publicación, en el segundo mes del año, y con efecto retroactivo del mes de enero, supone para el mes de febrero el pago de los atrasos correspondientes de enero y una carga más para los bolsillos en esta cuesta de los primeros meses del año.

Es fundamental que desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social se trabaje para encontrar soluciones que aseguren un aumento del salario mínimo interprofesional sin poner en peligro la estabilidad de las empresas. Además, para determinados empleadores del servicio del hogar familiar y pequeñas y medianas empresas se podrían aumentar incentivos fiscales, subvenciones o bonificaciones en los seguros sociales que garanticen la estabilidad de los sectores más afectados por esta subida.

 


 

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Nuestros expertos

Juan Sebastián Paéz López

Sebastián Páez es asesor en CE consulting, especializado en derecho laboral. Ha asesorado laboralmente a más de 250 empresas en Canarias, tanto en todo lo referente a la gestión de la contratación como en la revisión de convenios y legislación laboral en general. Empresas de sectores como la hostelería, la construcción o la siderometalurgia forman parte de su cartera de clientes habituales. Estudió Relaciones Laborales y Recursos Humanos en la ULPGC, compatibilizando el asesoramiento laboral con más estudios jurídicos, graduándose en Derecho por la misma universidad. Su motivación es aprender continuamente, crecer profesionalmente y ayudar a las empresas a alcanzar sus objetivos. Le apasiona el fitness, viajar y la buena comida.

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