EmpresasIndemnización por despido: tipos y cómo calcularla

28/11/2023

La indemnización por despido es una compensación económica que se otorga al trabajador cuando su contrato de trabajo finaliza por parte del empleador sin justa causa. En este artículo te explicamos, desde CE Consulting, cómo se calcula en función de diferentes factores, como la antigüedad en la empresa y el tipo de despido.

Indemnización por despido

¿Qué es la indemnización por despido?

Este concepto hace referencia a la cantidad que debe liquidar una empresa a un trabajador cuando pone fin al contrato de trabajo. Esta cantidad dependerá del salario del trabajador, otras retribuciones, la antigüedad en la empresa y la causa del despido.

Por ejemplo, en el caso de un despido objetivo por falta de financiación pública, la antigüedad del trabajador en la empresa debe ser compensada al momento de la extinción del contrato. También se debe tener en cuenta que la cuantía de la indemnización se calcula en base al salario regulador, incluyendo conceptos como el bonus devengado el año anterior pero abonado en el año del despido.

El tratamiento fiscal de las indemnizaciones por despido se recoge en el art. 7.e) de la Ley del IRPF (Ley 35/2006). Este que establece que estarán exentas del IRPF las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo. O, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias.

 

¿Todos los despidos tienen indemnización?

La legislación laboral establece distintos tipos de despido y sus consecuencias. En los casos de despido disciplinario por justa causa, el trabajador no tiene derecho a indemnización.

Sin embargo, en los casos de despido por causas objetivas, como causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, el trabajador tiene derecho a indemnización.

En los casos de despido colectivo, la indemnización puede ser diferente y estar regulada por el convenio colectivo. Es importante consultar la legislación laboral específica y las circunstancias del despido para determinar si existe derecho a indemnización.

 

¿Cómo se calcular la indemnización por despido?

Cuando es despido procedente

En un despido por causas objetivas, el empleado recibirá una indemnización equivalente a 20 días de salario por cada año trabajado, con un límite máximo de 12 mensualidades.

En todo caso, hay que tener en cuenta que la antigüedad del trabajador es un elemento esencial en el cálculo de la indemnización, pudiendo ser objeto de controversia en la extinción de la relación, existiendo diferentes criterios y doctrinas jurisprudenciales que podrán influir en este cálculo.

Si se da despido improcedente

La indemnización por despido improcedente se calculará a razón de 45 días de salario por cada año trabajado anteriormente al 12 de febrero de 2012, y a razón de 33 días de salario por año trabajado por el tiempo de prestación de servicios posterior.

Los ingresos a considerar para el cálculo de la indemnización son los conceptos salariales, excluyendo las partidas que no tengan tal carácter. Asimismo, el salario a tener en cuenta es el que el trabajador percibía en el momento del despido, incluyendo los conceptos variables percibidos durante el año anterior a la fecha de despido.

El cómputo de la antigüedad para calcular la indemnización es la fecha del despido, no la fecha de la sentencia que declara la improcedencia del despido. En el caso de la indemnización, esta no puede ser superior a 720 días de salario (24 mensualidades), salvo que la indemnización correspondiente al periodo de tiempo anterior al 12 de febrero de 2012 ya supere ese límite, en cuyo caso el tope será 42 mensualidades.

 

¿Corresponde indemnización ante un despido disciplinario?

Si un despido se declara como procedente debido a motivos disciplinarios, la empresa no tendrá que realizar el pago de la indemnización. En todo caso, haya o no haya indemnización tras un despido, siempre implica el derecho a paro. Por lo tanto, en este caso sí habrá derecho a la prestación por desempleo.

Desde CE Consulting te asesoramos y resolvemos todas tus dudas sobre aspectos laborales. ¡Contáctanos!

Nuestros expertos

Ana Isabel Alarcon

Asesora laboral en CE Consulting.

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