Fiscalidad y tributación

Impuesto sobre Sociedades: quién debe presentarlo, cómo se calcula y cuándo se paga

05/06/2025

El Impuesto sobre Sociedades es una de las obligaciones fiscales más relevantes para las sociedades en España. Se aplica sobre los beneficios obtenidos por las personas jurídicas y su correcta gestión puede suponer un importante ahorro fiscal. En esta guía de CE Consulting te explicamos quién debe presentarlo, cómo se calcula y cuáles son los plazos así como las novedades del Impuesto sobre Sociedades 2025 para cumplir correctamente con Hacienda.

Todo del impuesto sobre sociedades

 

¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?

El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un tributo que grava los beneficios obtenidos por las empresas y personas jurídicas a lo largo del ejercicio fiscal. Es decir, afecta directamente a los resultados contables de su actividad económica. El tipo general es del 25%, aplicable sobre el beneficio neto (ingresos menos gastos). No obstante, existen tipos reducidos según la naturaleza de la entidad

Tipos reducidos en el Impuesto sobre Sociedades

  • 15% para entidades de nueva creación durante su primer período impositivo.
  • 10% para entidades sin ánimo de lucro acogidas a la Ley 49/2002.
  • 25% para colegios profesionales, sindicatos y otras entidades no exentas.
  • 1% para fondos de regulación del mercado hipotecario.
  • 0% para fondos de pensiones.
  • 4% en el Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF).

País Vasco y Navarra aplican sus propias normativas fiscales, aunque con diferencias mínimas.

 

Tipo nominal y tipo efectivo: qué saber para el Impuesto sobre Sociedades

Una vez calculado el resultado contable de la empresa, es necesario aplicar una serie de ajustes fiscales que determinarán el importe final a pagar por el Impuesto sobre Sociedades. Aquí es donde entran en juego dos conceptos clave: el tipo nominal y el tipo efectivo del impuesto.

El tipo nominal es el porcentaje teórico que se aplica sobre los beneficios antes de aplicar cualquier deducción o bonificación. Actualmente, este tipo general es del 25% para la mayoría de las empresas. Sin embargo, este no suele ser el porcentaje real que se termina pagando.

El tipo efectivo, en cambio, refleja lo que realmente se abona a Hacienda tras aplicar las deducciones y bonificaciones contempladas en la normativa fiscal. Estas reducciones fiscales están pensadas para evitar la doble imposición, favorecer determinadas actividades o corregir distorsiones técnicas.

Existen tres grandes categorías de deducciones:

  • Técnicas: ajustes contables regulados por ley.
  • Por doble imposición: para evitar que se tribute dos veces por el mismo ingreso.
  • Para incentivar actividades específicas: como la inversión en I+D+i, la creación de empleo o la internacionalización.

Gracias a estas medidas, muchas empresas logran reducir de forma significativa su carga tributaria, llegando a aplicar un tipo efectivo muy por debajo del 25%.

 

¿Quién está obligado a pagar el Impuesto sobre Sociedades?

El Impuesto sobre Sociedades debe ser presentado por todas las personas jurídicas con residencia en España, lo que incluye a sociedades mercantiles (SL, SA, cooperativas, etc.) y a otras entidades que desarrollen una actividad económica, independientemente de que hayan obtenido beneficios o no durante el ejercicio fiscal.

También están obligadas a declarar este impuesto las sociedades inactivas o sin actividad, siempre que conserven su personalidad jurídica.

Excepciones del Impuesto sobre Sociedades

Están totalmente exentos del pago del impuesto los entes públicos como el Estado, las comunidades autónomas, los ayuntamientos y sus organismos dependientes.

Algunas entidades están parcialmente exentas, es decir, deben presentar la declaración, pero sólo tributan por determinadas rentas. En este grupo se incluyen:

En estos casos, las rentas derivadas de actividades económicas no exentas, rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario, y ganancias patrimoniales estarán sujetas a tributación.

Estar parcialmente exento no implica que no haya que presentar el impuesto. Muchas entidades sin fines lucrativos están obligadas a declarar y a cumplir con todas las formalidades contables y fiscales.

 

¿Cómo se calcula el Impuesto sobre Sociedades?

El Impuesto sobre Sociedades se calcula sobre los beneficios contables obtenidos por la empresa durante el ejercicio fiscal. Por ello, llevar una contabilidad rigurosa y actualizada no solo es una obligación legal, sino también una herramienta clave para evitar errores fiscales y aprovechar correctamente los beneficios previstos por la ley.

A diferencia de lo que muchos creen, no basta con restar los gastos a los ingresos y aplicar el tipo general del 25%. Es necesario realizar una serie de ajustes fiscales, conforme a lo establecido en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.

Tipos de ajustes fiscales en el Impuesto sobre Sociedades

  • Temporales (como ingresos o gastos que se imputan en ejercicios distintos).
  • Permanentes (como gastos no deducibles fiscalmente).

Un ejemplo común de gasto no deducible es el de las multas de tráfico, que, aunque figuren en la contabilidad, no reducen la base imponible a efectos fiscales.

Incentivos fiscales en este tributo

Los incentivos permiten reducir la cuota final a pagar. Son:

  • La reserva de capitalización, que premia a las empresas que reinvierten beneficios y fortalecen su estructura financiera.
  • La posibilidad de compensar pérdidas de ejercicios anteriores, lo que ayuda a suavizar el impacto fiscal en años con mejores resultados.

Finalmente, al resultado ajustado se le aplica el tipo de gravamen correspondiente (general o reducido) y se restan los pagos fraccionados realizados durante el año, así como las deducciones o bonificaciones a las que tenga derecho la entidad.

 

Presentación y plazos del Impuesto sobre Sociedades: ¿Cómo y cuándo se paga?

La declaración del Impuesto sobre Sociedades se realiza a través del Modelo 200, que debe presentarse obligatoriamente de forma telemática ante la Agencia Tributaria. El plazo general de presentación es de 25 días naturales posteriores a los seis meses desde el cierre del ejercicio fiscal. Por tanto, para empresas cuyo ejercicio coincide con el año natural, el plazo habitual es del 1 al 25 de julio.

Además de la declaración anual, las empresas deben realizar pagos fraccionados a lo largo del ejercicio mediante el Modelo 202, en las siguientes fechas:

  • Primer pago: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo pago: del 1 al 20 de octubre.
  • Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre.

Existen dos modalidades de cálculo para estos pagos:

  • Artículo 40.2 LIS: cuando la cuota del último Impuesto sobre Sociedades presentado fue positiva.
  • Artículo 40.3 LIS: cuando el resultado contable acumulado a los 3, 9 y 11 meses del ejercicio sea positivo.

En caso de que la cuota del último ejercicio haya sido cero o negativa, o que los resultados intermedios no reflejen beneficios, no será obligatorio presentar el pago fraccionado, siempre que se cumpla con los requisitos según la modalidad aplicable.

¿Tienes dudas sobre cómo declarar el Impuesto sobre Sociedades en tu empresa o fundación? En CE Consulting contamos con un servicio de asesoramiento fiscal que te ayudará a cumplir con tus obligaciones y a optimizar tu fiscalidad.

Nuestros expertos

José Ramón Huertas López

José Ramón Huertas es asesor fiscal en CE Consulting. Licenciado en Empresariales por la Universidad Autónoma de Madrid, posee además un máster en Tributación y Asesoría Fiscal y otro en Dirección de Empresas. Apasionado del deporte: le gusta tanto verlo como practicarlo. Pasa su tiempo libre con la familia y amigos.

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