Fundaciones y Asociaciones

Cuentas anuales de las entidades sin ánimo de lucro: guía práctica para asociaciones y fundaciones

13/06/20252

Presentar las cuentas anuales de entidades sin animo lucro es una obligación anual que implica formular, aprobar, presentar y depositar las cuentas anuales. Este proceso es esencial para garantizar la transparencia, rendición de cuentas y cumplimiento normativo ante los organismos públicos competentes. Desde CE Consulting te contamos detalladamente el procedimiento a seguir y los plazos establecidos.

 

Pasos para la confección de las cuentas anuales de entidades sin ánimo de lucro

Para la confección de las cuentas anuales de una entidad sin ánimo de lucro hay que seguir los siguientes pasos:

Formulación

  • Asociaciones de utilidad pública. El presidente, o la persona que conforme a los estatutos de la asociación, o al acuerdo adoptado por sus órganos de gobierno que corresponda es quien está a cargo de este proceso.
  • Fundaciones. En este caso, será el presidente, o la persona que conforme a los estatutos de la fundación, o al acuerdo adoptado por sus órganos de gobierno que corresponda.

Aprobación

  • Asociaciones de utilidad pública.  Corresponderá a los miembros de la Junta Directiva u órgano de representación de la asociación la obligación de formularlas.
  • Fundaciones. El patronato, en un plazo máximo de seis meses, desde el cierre del ejercicio (es decir, antes del 1 de julio) procederá a esta acción.

Presentación

  • Asociaciones de utilidad pública. Será en el plazo de los seis meses siguientes a la finalización del ejercicio económico, acompañado en su caso del informe de auditoría ante el organismo encargado de verificar su constitución y de efectuar su registro en el registro de asociaciones.
  • Fundaciones. En este caso, la presentación será en el protectorado, dentro de los diez días hábiles después de su aprobación acompañado en su caso, del informe de auditoría.

Depósito de cuentas

  • Asociaciones de utilidad pública. Recibida toda la documentación relativa a la rendición de cuentas y comprobada su adecuación a la normativa vigente, el organismo público encargado del registro de asociaciones acordará su depósito, a efectos de constancia y publicidad, lo notificará a la entidad interesada y lo comunicará a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior y al Ministerio de Hacienda.
  • Fundaciones. El protectorado, una vez examinadas las cuentas y comprobadas su adecuación formal a la normativa, depositará las cuentas en el registro único de fundaciones.

 

¿Dónde y cómo se presentan las cuentas anuales de entidades sin animo lucro?

Por segundo año consecutivo, las Fundaciones y las Asociaciones están obligadas a elaborar los planes actuación y las cuentas anuales utilizando la aplicación informática que a tales efectos pone a su disposición el Protectorado o la sede electrónica.

  • Para las fundaciones estatales deberemos acceder a esta aplicación.
  • Respecto de las asociaciones de utilidad pública, la mayoría de los registros están permitiendo la presentación en papel de las cuentas anuales. En algunos registros han habilitado una sede electrónica para subir la documentación, pero no existe una plataforma especifica como es el caso de las fundaciones.

En CE Consulting contamos con un servicio propio de asesoría para fundaciones y asociaciones por lo que podemos acompañarte en todo el proceso de presentación de cuentas anuales para tu entidad sin ánimo de lucro. Ponte en contacto con nosotros y resolveremos todas tus dudas.

Nuestros expertos

Sonia Macarro González

Sonia Macarro es asesora fiscal en CE Consulting desde diciembre de 1999. Licenciada en Economía, cuenta además con un máster en tributación. Está especializada en fiscalidad de entidades pertenecientes al tercer sector, fundaciones y asociaciones. Lo que más le gusta hacer es ir a la playa a desconectar.

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2 comentarios

  • Carlos garcía Martínez

    18/05/2017 at 16:34

    Disculpenme, pero la Fundación que represento tiene carácter comunitario y no es nacional, por lo que pregunto; ¿Estas indicaciones son para las Fundaciones de ámbito estatal o todas en general?.

    Gracias por su colaboración.
    Carlos García.

    • Carlos

      22/05/2017 at 12:13

      Hola Carlos,
      Gracias por tu comentario. Nos pondremos en contacto contigo para resolver personalmente tu duda.

      Saludos,
      El equipo de Asesoría Fundaciones y Asociaciones CE Consulting Empresarial

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