Desde el 1 de julio de 2025, el registro de alquiler de corta duración es obligatorio para todas las viviendas que se alquilen por un periodo inferior a un año. Esta exigencia afecta a arrendamientos turísticos y a alquileres temporales por motivos laborales, académicos o sanitarios. La medida se regula en el Real Decreto 1312/2024...




















